FRANCK PIERRE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES Y OTRO
Rol
Fecha
17 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Visto: Apareciendo de los antecedentes con los que ahora se cuenta luego de evacuado el informe, y desprendiéndose de ellos que el recurrente mantiene domicilio en la comuna de Renca, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Al escrito folio 4: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-18053-2024.
Fallo
se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Tómese nota en los libros pertinentes. Al escrito folio 4: Estese al mérito de lo resuelto precedentemente. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-18053-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SAN/ccv Concepción, diecisiete de julio de dos mil veinticuatro. Visto: Apareciendo de los antecedentes con los que ahora se cuenta luego de evacuado el informe, y desprendiéndose de ellos que el recurrente mantiene domicilio en la comuna de Renca, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de
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