28º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

OLIVERA/ALDUNATE

Rol

Fecha

17 de julio de 2024

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

Vistos: Que apareciendo en la tramitación de la causa ante el Tribunal de primera instancia que con fecha seis de junio de dos mil veintitrés, las partes del juicio dieron cuenta de la transacción extrajudicial celebrada mediante escritura pública otorgada ante Notario de Viña del Mar don Evaldo Rehbein Utreras, la que fue aprobada por resolución judicial de doce de junio de dos mil veintitrés, certificándose en su oportunidad por el Ministro de Fe que la antedicha resolución se encuentra firme y ejecutoriada, aparece que el recurso de apelación ha perdido oportunidad. Por estas razones, se omite pronunciamiento respecto del recurso de apelación interpuesto por la demandante con fecha veinticinco de marzo de dos mil veintitrés en contra de la resolución de veintidós de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago en los autos Rol C-1806-2022. Devuélvase. N°Civil-5109-2023. Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por la Ministra señora Graciela Gómez Quitral, los Ministros (S) señor Fernando Antonio Valderrama Martinez y señora Erika Andrea Villegas Pavlich. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

Por estas razones, se omite pronunciamiento respecto del recurso de apelación interpuesto por la demandante con fecha veinticinco de marzo de dos mil veintitrés en contra de la resolución de veintidós de marzo de dos mil veintitrés, dictada por el Vigésimo Octavo Juzgado Civil de Santiago en los autos Rol C-1806-2022. Devuélvase. N°Civil-5109-2023. Pronunciada por la Duodécima Sala, integrada por la Ministra señora Graciela Gómez Quitral, los Ministros (S) señor Fernando Antonio Valderrama Martinez y señora Erika Andrea Villegas Pavlich. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Que apareciendo en la tramitación de la causa ante el Tribunal de primera instancia que con fecha seis de junio de dos mil veintitrés, las partes del juicio dieron cuenta de la transacción extrajudicial celebrada mediante escritura pública otorgada ante Notario de Viña del Mar don Evaldo Rehbein Utreras, la que fue apr

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