MINISTERIO PUBLICO C/ CLAUDIO ANDRES OYARZUA OYARZUA
Rol
Fecha
17 de julio de 2024
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, y
Fundamentos
considerando el riesgo medio de reincidencia del sentenciado, y las necesidades que este presenta en relación con el consumo de alcohol y drogas, actitud y orientación procriminal, intervención de pares, resolución de conflictos y habilidades de autocontrol, según da cuenta el informe de Gendarmería de Chile, evacuado para estos efectos, el que, además, no reúne la características de ser favorable a la interrupción de la pena privativa de libertad originalmente impuesta, en los términos exigidos en el artículo 33 de la Ley N° 18.216, y visto además lo dispuesto en el artículo 37 de dicho texto legal, y en los artículos 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de fecha veintiocho de junio de dos mil veinticuatro, por el juez del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Paulo Muñoz Pedemonte, que rechazó la aplicación de la pena mixta en favor del sentenciado Claudio Andrés Oyarzúa Oyarzúa. Regístrese y devuélvase. N° Penal-533-2024.
Texto Completo (Preview)
Fecha: diecisiete de julio de dos mil veinticuatro Sala: Primera Rol Corte: Penal-533-2024 Ruc N°: 2101015651-0 Rit N°: O-6431-2021 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: ministro señor Carlos Meneses Coloma, ministra (s) señorita María José Hernández Soto y Fiscal Judicial señor Rodrigo Cid Mora. Relator: Walter Piñats Aliaga Abogada Asesora M.P.: Paula Chávez Navarro Defensor
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