JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE ACHAO

C/ JUAN FREDI TUREUNA TUREUNA

Rol

Fecha

16 de julio de 2024

Materia

FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Lo expuesto por los intervinientes en audiencia, reuniéndose en esta etapa procesal los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y teniendo además en consideración que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima, atendida la naturaleza del delito por el cual fue formalizado, las circunstancias de su comisión y lesividad, la pena asignada por ley al mismo, y eventual forma de cumplimiento, apareciendo además de lo expuesto en audiencia, las circunstancias concurrentes del artículo 7° de la ley N°20.066, en la especie pauta de riesgo alto vital, consumo de alcohol en el imputado y la existencia de condenas previas por delitos cometidos en contexto de violencia intrafamiliar respecto de la misma víctima; se revoca la resolución apelada, dictada el día catorce de julio del año en curso por el juez de Garantía de Quinchao don Hernán Mancilla Vargas, por la cual dispuso las medidas cautelares de arresto domiciliario total, prohibición de acercarse a la víctima y arraigo nacional respecto del imputado JUAN FREDY TUREUNA TUREUNA, y en su lugar se dispone la medida cautelar de prisión preventiva. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal Nº 888-2024.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, dieciséis de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Lo expuesto por los intervinientes en audiencia, reuniéndose en esta etapa procesal los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y teniendo además en consideración que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima, atendida la naturaleza del del

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