MP C/ JUAN SEGUNDO MUNOZ CASTILLO
Rol
Fecha
16 de julio de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Castro, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado recurrente. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la norma ya referida, ésta sólo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración el número, naturaleza y gravedad de los delitos por los cuales fue formalizado, las circunstancias de su comisión y lesividad, la gravedad de la pena asignada al delito de femicidio y eventual forma de cumplimiento, apareciendo además de lo expuesto en audiencia, las circunstancias concurrentes del artículo 7° de la ley N°20.066, en la especie pauta de riesgo alto vital y la existencia de condenas previas por delitos cometidos en contexto de violencia intrafamiliar, no habiendo variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron en vista al decretarla. Por estos fundamentos, y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de fecha ocho de julio del año en curso, dictada por doña Jésica Yáñez Sanhueza, Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Castro, que mantuvo la medida de prisión preventiva que pesa sobre el imputado JUAN SEGUNDO MUÑOZ CASTILLO. Notifíquese y devuélvase. Rol Penal 887-2024.-
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Puerto Montt, dieciséis de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Castro, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado recurrente. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se
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