MP C/ FROILAN AGUSTIN MANSILLA BARRIENTOS
Rol
Fecha
15 de julio de 2024
Materia
FEMICIDIO INTIMO ART. 390 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, estimándose que, con los elementos probatorios hasta ahora reunidos, se tienen indicios bastantes para justificar en este estado procesal, la existencia de los ilícitos por los cuales se ha formalizado al imputado Froilán Agustín Mansilla Barrientos, como asimismo, su participación en calidad de autor y, apreciándose aquellos factores de convicción como suficientes para considerar que la medida cautelar personal de prisión preventiva que se decretó a su respecto, aparece como proporcionada, en atención a que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la víctima,
Fundamentos
considerando para ello la naturaleza de los ilícitos por los que ha sido formalizado, su forma de comisión, la circunstancia de registrar un proceso pendiente por delitos en contra de la misma víctima, sin que alguna de las restantes medidas cautelares personales dispuestas por el ordenamiento jurídico cumpla con los estándares de suficiencia para satisfacer los fines del procedimiento y las necesidades de cautela ya enunciados, y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 140 y siguientes del Código Procesal Penal y Ley N° 20.066, SE CONFIRMA, la resolución apelada de fecha cinco de julio de dos mil veinticuatro, en cuanto por ella se decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva, en contra del imputado FROILÁN AGUSTÍN MANSILLA BARRIENTOS. Se previene que el Ministro Titular don José Ignacio Mora Trujillo fue del parecer de confirmar la resolución apelada por estimar, además, que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, por las razones antes indicadas. Regístrese y devuélvase. Rol Corte 277-2024 (Penal).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, quince de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y OÍDO: Atendido el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes, estimándose que, con los elementos probatorios hasta ahora reunidos, se tienen indicios bastantes para justificar en este estado procesal, la existencia de los ilícitos por los cuales se ha formalizado al imputado Froilán Agustín Mansilla Bar
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