LAGOS GUTIERREZ MARCELO ENRIQUE / DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERIA DE CHILE (CENTRO DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIO COLINA II)
Rol
Fecha
15 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 21 de junio de 2024, comparece Nury Lucía Gutiérrez Tureo, quien interpone acción de amparo, a través de formulario, en favor de Marcelo Lagos Gutiérrez, en contra del Centro Penitenciario Colina 2 y Gendarmería de Chile. Expone que su hijo se encuentra recluido en el penal de Colina 2, afectado con un cáncer a la piel grado 3, que se desarrolló mientras se encontraba privado de libertad, indicando que Gendarmería no le ha otorgado tratamiento adecuado para su estado de salud, suministrándole solo hierro y Ensure, lo cual es gestionado por los mismos compañeros del penal. Por lo expuesto, solicita se le otorgue la libertad sujeto a medidas cautelares o que sea trasladado al hospital penitenciario donde pueda ser tratado efectivamente. Segundo: Que, informando Gendarmería de Chile, comparece Claudio Chandía Ralph, abogado, quien expone que respecto de la situación médica del amparado, se realizó por parte de la institución solicitud de atención al Instituto Nacional del Cáncer, otorgándole dicho establecimiento atenciones los días 25 de junio y 04 de julio del presente año, indicando que el resultado de los exámenes y visitas médicas se encuentran reseñados en la hoja médica del interno en el mencionado centro hospitalario, recibiendo en la unidad, los medicamentos y la alimentación que se le debe otorgar dada la enfermedad que padece. Por lo expuesto, refiere que no existe vulneración a las garantías constitucionales protegidas por la acción de amparo, toda vez que se le han prestado todas las medidas de protección y se ha preservado su integridad física y psíquica, por lo que solicita se rechace el presente arbitrio. Tercero: Que en contacto telefónico sostenido con la unidad de enfermería del C.C.P. Colina II con fecha 11 de julio de 2024, por la secretaría criminal de esta Ilustrísima Corte de Apelaciones, se informa que el amparado tuvo horas programadas en el Instituto Nacional del Cáncer el 25 de junio y 4
Fallo
Por lo expuesto, solicita se le otorgue la libertad sujeto a medidas cautelares o que sea trasladado al hospital penitenciario donde pueda ser tratado efectivamente. Segundo: Que, informando Gendarmería de Chile, comparece Claudio Chandía Ralph, abogado, quien expone que respecto de la situación médica del amparado, se realizó por parte de la institución solicitud de atención al Instituto Nacional del Cáncer, otorgándole dicho establecimiento atenciones los días 25 de junio y 04 de julio del presente año, indicando que el resultado de los exámenes y visitas médicas se encuentran reseñados en la hoja médica del interno en el mencionado centro hospitalario, recibiendo en la unidad, los medicamentos y la alimentación que se le debe otorgar dada la enfermedad que padece. Por lo expuesto, refiere que no existe vulneración a las garantías constitucionales protegidas por la acción de amparo, toda vez que se le han prestado todas las medidas de protección y se ha preservado su integridad física y psíquica, por lo que solicita se rechace el presente arbitrio. Tercero: Que en contacto telefónico sostenido con la unidad de enfermería del C.C.P. Colina II con fecha 11 de julio de 2024, por la secretaría criminal de esta Ilustrísima Corte de Apelaciones, se informa que el amparado tuvo horas programadas en el Instituto Nacional del Cáncer el 25 de junio y 4 de julio pasado, realizándole un scanner, agregando que se encuentra recibiendo el tratamiento prescrito y que se han cumplido sus
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C.A. de Santiago Santiago, quince de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 21 de junio de 2024, comparece Nury Lucía Gutiérrez Tureo, quien interpone acción de amparo, a través de formulario, en favor de Marcelo Lagos Gutiérrez, en contra del Centro Penitenciario Colina 2 y Gendarmería de Chile. Expone que su hijo se encuentra recluido en el penal de Co
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