SANCHEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
15 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Rodrigo Andrés Godoy Araya, abogado en representación de Ángel María Sánchez Pérez, venezolano, domiciliado en Agustinas Nº14198, segundo piso, comuna de Santiago, quien deduce recurso de reclamación judicial establecido en el artículo 141 de la Ley N°21.325, en contra de la Resolución Exenta N°2487/135, de 30 de agosto de 2021, dictada por la Intendencia Regional de Arica y Parinacota, notificada al recurrente el 8 de mayo de 2024, por medio de la cual se dispone la expulsión del actor Explica que el 18 de octubre de 2020 ingresó al territorio nacional por paso no habilitado, realizando su autodenuncia ante la Policía de Investigaciones de Chile, quien emitió el informe Policial N° 4768, donde se informó que el extranjero infringió el artículo 69 del Decreto Ley N° 1.094., y luego se autodenunció ante la Fiscalía Local de Arica y Parinacota en marzo de 2021, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 78 del D.L. Nº1.094. Indica que el 8 de mayo de 2024 se le notificó el contenido de la resolución recurrida, añadiendo que en nuestro país vive con su esposa, quien ingresó después del arribo del recurrente, con la cual son padres de la menor chilena, Coraline Estefanía Sánchez Balcucho, de 1 año de edad. Solicita se deje sin efecto el decreto de expulsión contenido en la Resolución Exenta N°2487/135, de 30 de agosto de 2021 dictada por el Servicio de Nacional de Migraciones. Segundo: Que informa al tenor de la reclamación el Servicio Nacional de Migraciones y solicita el rechazo del recurso. Explica que el reclamante no registra ingreso al territorio nacional por paso habilitado, y que según el informe policial N°4768, de 29 de octubre de 2020, emitido por la Policía de Investigaciones de Chile de Arica y Parinacota, el actor se presentó de forma voluntaria a dependencias de dicha autoridad, manifestado su intención de autodenunciar su ingreso clandestino al país. Refiere que dictó la Resolución Exenta N°2487, de
Fundamentos
fundamentos de la decisión adoptada. A mayor abundamiento, cabe señalar que el recurrente no acreditó el arraigo social, laboral o familiar invocado, por lo que no es posible analizar las circunstancias alegadas.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 141 de la Ley N°21.325, se rechaza el reclamo judicial deducido en favor de Ángel María Sánchez Pérez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese. N° 39-2024 Contencioso Administrativo
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunció, escuchó relación y alegó en la Primera Sala, contra el recurso la abogada doña Daniela Silva Mella. San Miguel, 15 de julio de 2024. Emil Ibarra Sáez, relator. San Miguel, quince de julio de dos mil veinticuatro. Al folio 7: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Rodrigo Andrés Godoy Araya, abogado en representación de Ángel María Sánchez P
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