M.P C/ MARCELO ANTONIO SALINAS ORMAZABAL
Rol
Fecha
15 de julio de 2024
Materia
OTROS DELITOS CONTEMPLADOS EN LA LEY 17.798
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que de lo expuesto por las partes en la audiencia se desprende que no existen nuevos antecedentes que permitan variar los presupuestos que se tuvieron en consideración al momento de decretar la prisión preventiva del imputado, no logran desvirtuar los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. Asimismo, en lo que dice relación con la letra c) del artículo 140 ya mencionado, cabe señalar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la gravedad, pluralidad de ilícitos, su forma de comisión, pena asignada a los mismos y su eventual forma de cumplimiento. Y de conformidad además con lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de cinco de julio del año en curso, pronunciada por el 12° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva del imputado MARCELO ANTONIO SALINAS ORMAZABAL Comuníquese vía interconexión. N°2577-2024-Penal
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San Miguel, quince de julio de dos mil veinticuatro. Sala: Quinta Rol Corte: 2577-2024-Penal Ruc: 2300592385-9 Rit: 1782-2023 12° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIGO Ministro de fe: Pablo Burchard Maureira Ministerio Público: Rodrigo Peña Sepulveda Defensor: Ricardo Garrido Jiménez Imputado: MARCELO ANTONIO SALINAS ORMAZABAL Escritos proveídos en audiencia: folio 3 San Miguel, quince de julio de dos m
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