MP C/ FELIPE ANTONIO ARANCIBIA SILVA
Rol
Fecha
15 de julio de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, no habiendo variado las circunstancias que se tuvieron en vista al momento de decretar la internación provisoria y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de nueve de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Los Andes y en su lugar se declara que se mantiene la medida cautelar de internación provisoria impuesta primitivamente al imputado Felipe Antonio Arancibia Silva. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, quien fue de opinión de confirmar la resolución en alzada, en virtud a los
Fundamentos
fundamentos esgrimidos en ella. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-2002-2024. –
Fallo
se declara que se mantiene la medida cautelar de internación provisoria impuesta primitivamente al imputado Felipe Antonio Arancibia Silva. Acordada con el voto en contra del Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo, quien fue de opinión de confirmar la resolución en alzada, en virtud a los fundamentos esgrimidos en ella. Devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-2002-2024. –
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a quince de julio de dos mil veinticuatro, a las 09:54 horas, ante la Quinta Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso integrada por el Presidente Subrogante Sr. Álvaro Carrasco Labra, constituida además, por el Ministro Sr. Pablo Droppelmann Cuneo y la Fiscal Judicial Sra. Nel Greeven Bobadilla, para la vista
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