SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO DE DOÑA MONSERRAT PAREDES MANRIQUEZ EN FAVOR DE DON VALENTINO MANCILLA VERGARA EN CONTRA DE GENDARMERIA DE CHILE DE TEMUCO

Rol

Fecha

12 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece doña Monserrat Paredes Manríquez, cédula nacional de identidad N°21.175.659-4, quien solicita un recurso de amparo en favor de su pareja Valentino Miguel Mancilla Vergara, cédula nacional de identidad N°20.248.561-8 actualmente en la sección de juveniles de la cárcel de Temuco, para su protección e integridad, en razón que ha sido víctima de amenazas, agresiones físicas y verbales por parte de personal de Gendarmería y de otros internos, solicitando también su traslado a alguno de los penales que indica (Collipulli, Río Bueno, Mulchen, Villarrica, Vilcún, Yumbel, Arauco. Traiguén), por razones de residencia y familiares. Señala que fue trasladado sin

Fundamentos

motivos desde la cárcel de Collipulli y que no ha sido escuchada la opinión de su pareja quien tiene beneficios favorables. Dice que Gendarmería los ha tenido tres meses sin dar ninguna respuesta. También lo han visitado defensores penitenciarios, derechos humanos, el tribunal de Temuco, y no se ha concluido nada. Solicita que se dé una resolución digna y no sean más vulnerados los derechos de su pareja. Espera una acogida favorable. A folio 6 informa la recurrida, representada por don ENRIQUE VELOZO CONTRERAS, abogado por la Dirección Regional de la Araucanía de Gendarmería de Chile, señalando lo siguiente: el interno Valentino Mancilla Vergara se encuentra cumpliendo condena por los delitos de Robo en lugar habitado y amenazas a miembro de Gendarmería en el desempeño de sus funciones, con fecha de cumplimiento el día 25.02.2027, actualmente en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco. Respecto a amenazas recibidas por el interno, indicar que no se tiene conocimiento de actos de esta índole en contra del privado de libertad durante su estadía en el CCP de Temuco, el cual a la fecha se encuentra en la Sección Juvenil de dicha Unidad Penal, debido a que indica no poder hacer ingreso a los módulos, y dicha medida se encuentra dirigida a resguardar la vida e integridad física del interno. Indica que la recurrente ha realizado reiteradas solicitudes dirigidas al Juzgado de Garantía de Temuco en Causa RIT 3590-2024, razón por la cual se han efectuado tres audiencias, evacuándose en cada una de ellas informes por parte de la Institución recurrida. Respecto a la última presentación efectuada en la causa antes mencionada, la Defensora Penal Penitenciaria presentó escrito solicitando Informe de factibilidad de traslado al CP de Arica e indica de manera textual respecto a las solicitudes de la pareja (la recurrente),”…serían distintas a las de don Valentino, en cuanto a su deseo de ser trasladado a Iquique o Arica”. Lo anterior deja de manifiesto en cuanto a las alegaciones efectuadas por la recurrente no son acorde a las del interno Mancilla Vergara, quien a través de su Defensora solicita traslado al CP de Arica y no a otro Reciento Penal. A mayor abundamiento, esta misma Ilustrísima Corte en Rol Amparo 160-2024, que fue rechazado por cierto, la recurrente en su presentación adujo varias Unidades Penales en que el interno no podía ser trasladado debido a supuesta amenazas en contra del interno, en la cual no figuraba el CP de Valparaíso, pero que en esta presentación si es incluida, dado que por la factibilidad de traslado al CP de Alto Hospicio fue negativo debido al carácter de concesionado de dicha Unidad por la sobrepoblación, le fue otorgada la posibilidad de traslado al CP de Valparaíso por el Nivel Central, es recién ahora que se indica dicha unidad como negativa. Por último expone que la solicitud de factibilidad de traslado al CP de Arica fue ya remitida al Nivel Central de Gendarmería para su análisis y resolución, conforme a lo dict

Fallo

por tanto, no se ha traducido en una afectación a su derecho a la seguridad individual. Además se ha informado por la recurrida que la solicitud de traslado se encuentra vigente y pendiente de respuesta por el nivel central de Gendarmería de Chile, por lo que la presente acción será rechazada. Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se declara que SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de Valentino Miguel Mancilla Vergara en contra de GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECTOR REGIONAL DE LA ARAUCANIA. Regístrese y archívese. N°Amparo-172-2024 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, doce de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS: A folio 1 comparece doña Monserrat Paredes Manríquez, cédula nacional de identidad N°21.175.659-4, quien solicita un recurso de amparo en favor de su pareja Valentino Miguel Mancilla Vergara, cédula nacional de identidad N°20.248.561-8 actualmente en la sección de juveniles de la cárcel de Temuco, para su protección e integridad

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