ANONIMIZADO
Rol
Fecha
12 de julio de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y visto lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N°19.968; 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Decisión acordada con el voto en contra del Ministro Titular señor Le Cerf, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada, teniendo en consideración para ello el tenor literal del inciso final del artículo 19 de la Ley N°19.968 y que la persona que acciona por el alimentario no reúne las calidades a que dicha norma se refiere. Devuélvase vía interconexión. Rol Nº...
Texto Completo (Preview)
La Serena, doce de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y visto lo dispuesto en los artículos 67 de la Ley N°19.968; 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de veintiuno de marzo de dos mil veinticuatro, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Decisión acordada con el voto en contra del Ministro Titular señor Le
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