SIN INFORMACION

VÁSQUEZ/CONTRALORIA REGIONAL DE LOS RIOS

Rol

Fecha

12 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: 1) A folio 1 Marlys Castillo Triviños, abogada, en representación convencional de Yuri Alejandro Vásquez Guerra, empleado, domiciliado en calle Alonso de Ercilla n.° 70, Paillaco, Región de Los Ríos, dedujo acción constitucional de protección contra el Servicio de Salud de Los Ríos, representado por Marianela Rubilar Gómez, y contra la Contraloría Regional de Los Ríos, representada por Alejandro Riquelme Montecinos, denunciando como ilegal y arbitraria la dictación por parte del Servicio de Salud de Los Ríos de la Resolución Exenta Nº 1781 de 22 de mayo de 2024, en virtud de la cual y atendido lo informado y ordenado por Contraloría Regional de Los Ríos, se dispuso la suspensión de funciones del recurrente de su cargo de auxiliar en el Hospital de Paillaco, desde el 20 de mayo de 2024 al 27 de agosto de 2024, por existir sentencia penal dictada el 2 de octubre de 2023 por el Juzgado de Garantía de Paillaco en causa RIT 319-2023, que condenó al recurrente a la pena de 100 días de presidio menor en su grado mínimo y accesorias legales de suspensión de cargo y oficios públicos mientras dure su condena, por el delito de almacenamiento de material pornográfico respecto de personas menores de 18 años. Sostiene que atendido que la pena antes referida le fue sustituida por remisión condicional por lapso de 1 año, no corresponde aplicar la suspensión de funciones, la cual además se dispuso sin existir un sumario administrativo al respecto y sin que la Resolución impugnada contenga fundamentos jurídicos suficientes, lo que vulnera los derechos constitucionales contenidos en el artículo 19 Nº2, Nº3, Nº16 y Nº24 de la Constitución Política de la República. Pide se ordene el reintegro del recurrente a sus funciones con el pago de la remuneración respectiva. 2) Por el Servicio de Salud de Los Ríos se solicitó el rechazo de la acción por improcedente, ya que atendida la condena de que fue objeto el recurrente, la Contraloría General de la República remitió a dicho Servicio los antecedentes respectivos y por ello se dictó la Resolución Exenta recurrida que simplemente formalizó administrativamente la suspensión del empleo ordenada por sentencia judicial ejecutoriada. Sostuvo que sin perjuicio de que la pena principal fue sustituida por remisión condicional, no ocurre lo mismo con la pena accesoria de suspensión de cargo o empleo público, debiendo la Administración dictar los actos administrativos correspondientes para hacer efectiva dicha pena legal accesoria, refiriendo al efecto un dictamen de Contraloría al respecto (Dictamen Nº 7986 de 2018). Agregó que sin perjuicio de lo anterior se inició un procedimiento sumario para determinar la eventual responsabilidad administrativa del recurrente. 3) A folio 17 informó la Contralora Regional (S) de Los Ríos, Carol Delgado Jeldres, solicitando el rechazo de la acción de protección por no existir acción u omisión arbitraria o ilegal por cuanto la pena accesoria legal de suspensión de cargos u ofici

Fallo

Por lo expuesto, disposiciones citadas y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República; artículos 22, 27 y 40 del Código Penal; y disposiciones del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales; Se rechaza el recurso de protección de folio 1, con costas. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. N°Protección-1370-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, doce de julio de dos mil veinticuatro. Visto y considerando: 1) A folio 1 Marlys Castillo Triviños, abogada, en representación convencional de Yuri Alejandro Vásquez Guerra, empleado, domiciliado en calle Alonso de Ercilla n.° 70, Paillaco, Región de Los Ríos, dedujo acción constitucional de protección contra el Servicio de Salud de Los Ríos, representado por Marianela

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