JAVIERA LOPEZ MAUREIRA CON JUZGADO DE LETRAS DE CASTRO
Rol
Fecha
12 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°) Que en estos autos sobre recurso de apelación caratulado “Gómez/Gómez” Rol Corte 614-2024, y conocido en primera instancia bajo el Rol C-418-2024 del Juzgado de Letras de Castro, comparece la abogada Javiera López Maureira, por la parte demandante y pide se declare que la apelación concedida con fecha 2 de mayo del corriente, se debió conceder en ambos efectos y no en sólo efecto devolutivo como erradamente ocurrió. Arguye que el recurso de apelación fue interpuesto por su parte en contra de la resolución que acogió la excepción dilatoria por incompetencia relativa opuesta por los demandados. Sostiene que de conformidad al artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, sólo la resolución que rechace una excepción dilatoria es apelable con el sólo efecto devolutivo, de manera que queda claro que, a contrario sensu, la resolución que dé lugar a una excepción dilatoria es apelable en ambos efectos. Añade que la causa de autos fue iniciada en virtud de una solicitud de medida prejudicial precautoria de prohibición de celebración de actos y contratos respecto de un inmueble, la concesión del recurso de autos, con el sólo efecto devolutivo, podría significar el alzamiento de la medida precautoria mencionada. Pide se acoja el recurso de hecho en contra de la resolución de 2 de mayo de 2024, enmendado conforme a derecho la resolución recurrida, concediendo el recurso de apelación interpuesto con fecha 30 de abril, en ambos efectos. 2°) Que consta en autos, y tenido a la vista el ingreso Corte Civil 614-2024, y causa Rol C-418–2024 del Juzgado de Letras Castro, que por resolución de 24 de abril de 2024, se resolvió: “Que, SE ACOGE la excepción dilatoria del artículo 303 N°1 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la incompetencia del Tribunal, con lo que se ordena poner término a la presente causa, por ser el presente Tribunal incompetente para seguir conociendo de estos asuntos. II.- Ocúrrase por la parte demandante ante el Tribunal
Fallo
Por estas razones y de conformidad, con lo establecido en el artículo 196 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el falso recurso de hecho interpuesto en contra de la resolución de fecha 2 de mayo de 2024, dictada por el Juez Suplente del Juzgado de Letras de Castro, don Bruno Casale Morrison, en causa Rol C-418-2024, que concedió el recurso de apelación deducido por la demandante en el solo efecto devolutivo; y en su lugar se declara que se concede aquél en ambos efectos. Déjese constancia de la presente resolución en la causa que se tramita bajo el Rol Corte Civil N°614-2024 y póngase en conocimiento del Tribunal A Quo para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol Civil N° 640-2024 (hecho).
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, doce de julio de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: 1°) Que en estos autos sobre recurso de apelación caratulado “Gómez/Gómez” Rol Corte 614-2024, y conocido en primera instancia bajo el Rol C-418-2024 del Juzgado de Letras de Castro, comparece la abogada Javiera López Maureira, por la parte demandante y pide se declare que la apelación concedida con fecha 2 de mayo de
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