COMERCIAL SITER LTDA./TESORERIA REGIONAL DE LOS LAGOS
Rol
Fecha
12 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Primero: Que recurre de hecho Alejandro Ramírez Valdivia, abogado, en representación de la sociedad “COMERCIAL SITER LIMITADA”, parte ejecutada en procedimiento especial de cobro de obligaciones tributarias sustanciado ante el Juez sustanciador de la Tesorería Regional de Puerto Montt, Rol 10131-2017-Calbuco, en contra de la resolución de fecha 5 de enero de 2024, que denegó el recurso de apelación contra la decisión de aquel que rechazó el incidente de abandono del procedimiento interpuesto en su oportunidad. Señala que, en el procedimiento indicado, la recurrente dedujo incidente de abandono de procedimiento en consideración a que, tal como consta en el expediente, habían transcurrido más de tres años sin que se efectuara diligencia útil alguna, el cual fue rechazado por estimarse que aquella institución opera solo una vez iniciada la fase ante el Juez de Letras pertinente. Frente a ello, se interpone recurso de apelación el cual es rechazado mediante la resolución que se impugna. Indica que la procedencia del recurso de apelación en los procedimientos administrativos de cobro de obligaciones tributarias de dinero, regulado en los artículos 168 y siguientes del Código Tributario, se determina por simple aplicación de los artículos del Código de Procedimiento Civil y Código Tributario respectivamente, tal como la jurisprudencia que invoca lo afirma al indicar que este tipo de causas es de carácter judicial. Solicita que se acoja el recurso y se admita a tramitación la apelación denegada, acompañando copias de la resolución impugnada y de su notificación. Segundo: Que evacuando informe la directora regional (S) de la Tesorería Regional de Puerto Montt, señala que se declaró inadmisible el recurso de apelación, por estimar que, en la especie, es aplicable a la tramitación de los juicios especiales de que conoce, lo dispuesto en el Título V, del Libro III del Código Tributario, por lo que no es procedente dicha vía de impugnación. Por otra parte, el artíc
Fundamentos
fundamentos de la decisión. Es la consecuencia de la doble instancia, el medio que permite a los litigantes llevar ante el tribunal de segundo grado una resolución estimada injusta o improcedente, para que la modifique o revoque, según sea el caso”.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 2 y 168 y siguientes del Código Tributario; y artículos 158, 186, 187 y 203 del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que se acoge el recurso de hecho intentado a folio Nº1 y en consecuencia se declara admisible el recurso de apelación interpuesto el 3 de enero de 2024 por la ejecutada, el que fuera declarado inadmisible por resolución de 5 de enero de 2024 por el Juez Sustanciador de la Tesorería Regional de Los Lagos. El recurso de apelación que se interpuso en contra de la resolución de 29 de diciembre de 2023, del expediente tramitado por el Juez Sustanciador de Tesorería Regional, por el cual se rechazó un incidente de abandono del procedimiento, la que se concede en el solo efecto devolutivo. Encontrándose los antecedentes en que incide el recurso de apelación deducido a la vista en estos autos, se ordena efectuar su reingreso para el conocimiento del fondo del asunto. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Civil N°340-2024.-
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, doce de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Primero: Que recurre de hecho Alejandro Ramírez Valdivia, abogado, en representación de la sociedad “COMERCIAL SITER LIMITADA”, parte ejecutada en procedimiento especial de cobro de obligaciones tributarias sustanciado ante el Juez sustanciador de la Tesorería Regional de Puerto Montt, Rol 10131-2017-Calbuco, en contra de la resolución
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