OSLIN NOISETTE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACION
Rol
Fecha
12 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, interpone acción constitucional de amparo en favor de Olsin Noisette, empleado, ciudadano haitiano, domiciliado en José Santos González Vera N° 2279, comuna de San Ramón, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, quien mediante Resolución Exenta N° 24056475 de 5 de febrero de 2024 rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso su abandono del país en un plazo de 10 días, al no haber acompañado certificado de antecedentes del país de origen. Expone que atendida la situación que vive actualmente la República de Haití, le resulta muy difícil obtener el certificado de antecedentes debidamente legalizado o apostillado, por lo que las personas de esta nacionalidad se ven enfrentadas a un caso fortuito o fuerza mayor, que les impide cumplir con este requisito. Indica que el rechazo de su solicitud atenta contra la garantía establecida en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, pues la decisión adoptada es una grave amenaza o perturbación a su libertad, ya que se ve obligado a salir del país, cumpliendo con los demás requisitos legales y reglamentarios. Solicita se acoja el presente recurso, dejando sin efecto la resolución atacada. Segundo: Que informa el Prefecto Juan Toro Espinoza, Jefe del Departamento de Asesoría Técnica de la Policía Internacional Metropolitana, quien indica que de acuerdo al Sistema de Gestión Policial, Olsin Noisette no registra orden de expulsión vigente, ni órdenes de aprehensión, arrestos o arraigos en su contra. Tercero: Que, a su vez, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Indica que el 16 de mayo de 2021 el recurrente solicitó el beneficio de permanencia definitiva. Luego, el 21 de julio de 2023 se le informó que su solicitud no se encontraba en condiciones de avanzar a la
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Olsin Noisette en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°530-2024 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, doce de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Tomás Guillermo Matheson Mujica, abogado, interpone acción constitucional de amparo en favor de Olsin Noisette, empleado, ciudadano haitiano, domiciliado en José Santos González Vera N° 2279, comuna de San Ramón, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, a
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