JUZGADO DE GARANTIA DE QUILLOTA

CONSTRUCTORA PACAL S.A. C/ ENZO NERVI IRIONDO

Rol

Fecha

12 de julio de 2024

Materia

COHECHO.ART.248, 248 BIS (LEY 19.645) Y 249.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, en virtud de sus propios

Fundamentos

fundamentos y, de conformidad con lo prevenido en el artículo 158 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, que rechazó decretar la medida cautelar real en contra del imputado Enzo Nervi Iriondo. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N°Penal-1909-2024./ahd

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a doce de julio de dos mil veinticuatro, se da inicio a esta audiencia a las 10:41 horas, ante la Tercera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, siendo presidida por la Ministra señora Carolina Figueroa Chandía, e integrada por la Ministra Suplente señora Isabel Margarita Zúñiga Alvayay y el Abogado Integrante señor Felipe Caball

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