JOHANNA DOTE ORTIZ EN FAVOR DE SERGIO VALDES DOTE/CCP TALCA
Rol
Fecha
12 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que a folio N° 1, comparece Joanna Dote Ortiz, en favor de Sergio Ignacio Valdés Dote, C.I. N° 19.472.188-2, quien interpone acción constitucional de amparo en contra del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca. Solicita la permanencia de su hijo en el Centro mencionado y que se pueda reubicar en el módulo anexo 4, toda vez que hace 4 meses en el módulo de transito por no tener acceso a otros módulo en los cuales corre peligro su integridad física. Requiere que su hijo no sea trasladado a otra ciudad por su estado de salud pues ella ha sido sometida a 4 intervenciones quirúrgicas de las que no se ha podido recuperar además de que esta situación le ha provocado una depresión severa y ella es la única red de apoyo y se hace cargo de sus necesidades y visitas. Agrega que si no fuese posible la le permanencia en Talca, sea trasladado al Linares pues sería un lugar más cercano y no corre peligro. Segundo: Que a folio N° 6, informa don Jorge Martín Domínguez, Coronel Director Regional de Gendarmería, quien sostiene que el amparado se encuentra aislado por razones de seguridad personal e institucional. Explica que 18 de marzo de 2024 protagonizó una riña al interior del módulo 3 (imputados) junto a otros internos provistos de elementos contundentes. El 19 de abril pasado, es derivado desde la sección de tránsito al módulo 3, negándose al desplazamiento y, entrevistado, manifestó que tiene serios problemas de convivencia al interior del CCP DE Talca, por lo que solicita voluntariamente su salida manifestando además, tener problemas personales con internos de otras unidades penales de la Región. Finalmente el 18 de junio del presente, es sorprendido con un arma blanca artesanal, declarando que le pertenecía y que era de uso personal ya que mantiene problemas de convivencia en la Unidad Penal. Señala que por los antecedentes indicados, los niveles de hacinamiento en CCP de Talca, no siendo factible reubicarlo dentro de alguna depen
Fundamentos
considerando que de los antecedentes aparece que el propio amparado ha solicitado su traslado para resguardar su integridad, de manera que la presente acción constitucional será desestimada.
Fallo
Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por Joanna Dote Ortiz, en favor de Sergio Ignacio Valdés Dote, en contra del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. N°Amparo-352-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, doce de julio de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que a folio N° 1, comparece Joanna Dote Ortiz, en favor de Sergio Ignacio Valdés Dote, C.I. N° 19.472.188-2, quien interpone acción constitucional de amparo en contra del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca. Solicita la permanencia de su hijo en el Centro mencionado y que se pueda reubicar e
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