ESPINOZA CIFUENTES, BRUNO HEVER/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (PRIMER SEMESTRE DE 2024)
Rol
Fecha
11 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece don GABRIEL MAURICIO CALDERON LEWIN, defensor penal público penitenciario y recurrente, domiciliado en avenida Waldo Alcalde N°640, Casa 25, comuna de Coquimbo, en representación de BRUNO HEVER ESPINOZA CIFUENTES, CHILENO, cédula nacional de identidad 18422282-5, e interpone acción de amparo constitucional en favor del condenado, ya individualizado y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, la que mediante resolución extraordinaria N° 165- 2024 de 9 de abril de 2024, que rechazó beneficio de libertad condicional a su representado, por no cumplir con los requisitos contemplados en el DL 321, lo que indica, afecta directamente la libertad personal del amparado, ya que extiende de manera ilegal y arbitraria su privación de libertad, vulnerando el artículo 19 Nº7 de la Constitución. Fundamentando la acción expone que, su representado se encuentra condenado a la pena total de 541 días de presidio menor en su grado medio, más 61 días de presidio menor en su grado mínimo, más 439 días de presidio menor en su grado mínimo, por el Juzgado de Garantía de La Serena, por el delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, iniciando su condenado el 01 de mayo de 2022 y culminando la misma el 06 de marzo de 2025. Indica que el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional lo cumplió el 03 de octubre de 2023. Agrega que la resolución que denegó la libertad condicional se funda en exigencias no contempladas en la ley o en requisitos superiores, y por ello constituye un acto arbitrario, pues no basta con resaltar los aspectos negativos del condenado y en base a ello rechazar la postulación, sino que debe fundar adecuadamente porque esos aspectos llevan a inclinarse porque deba cumplir el saldo de pena privado de libertad y no bajo la modalidad de libertad condicional. Acota que se indicó que el amparado presenta riesgo de reincidencia omitiendo su excelente conducta, el hecho de no registrar falta ni sanción alguna desde el inicio de la condena y haber completado el taller de asociación a pares infractores de Ley, mantener cuarto medio completado, y desempeñarse al interior del centro penitenciario de.P. La Serena como auxiliar multiservicio, con contrato indefinido, además de contar con red de apoyo afectiva en el medio libre conformada, principalmente, por su padre Domingo Espinoza Muñoz, pensionado, quien mantiene contacto permanente con el interno, y está atento a sus necesidades y dispuesto a apoyarlo en lo que sea necesario. Añade que conforme recabado por asistente social penitenciaria, en informe de carácter social, manifiesta sentir un profundo arrepentimiento por el delito cometido, comprendiendo el daño causado a terceros y la gravedad de estos, ”fue un error curao”, “se salvó de milagro”. Respecto al ámbito consumo/adicciones, refiere encontrarse sin consumo de drogas desde que inició su condena. Conforme lo anterior indica que destacan como factores prosociales, red de a
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Espinoza Cifuentes, Bruno Hever Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol 275-2024.- La Serena, once de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, comparece don GABRIEL MAURICIO CALDERON LEWIN, defensor penal público penitenciario y recurrente, domiciliado en avenida Waldo Alcalde N°640, Casa 25, comuna de Coquimbo, en representación de BRUNO HEVER
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