SIN INFORMACION

BANCO INTERNACIONAL / RUIZ TAGLE EDUARDO FREI

Rol

Fecha

11 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que el mérito de la prueba confesional rendida por la demandante en esta instancia, no permite desvirtuar los razonamientos, -compartidos íntegramente por esta Corte-, en que se asienta la decisión judicial que por esta vía se impugna, pues no resultaron acreditados los presupuestos fácticos que resultaban indispensables para tener por establecida la responsabilidad por falta de servicio que se demandó, de modo que, así las cosas, necesariamente deberá desestimarse el recurso de apelación formulado en su contra. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia definitiva apelada de fecha veinte de septiembre de dos mil veintiuno, dictada en los autos Rol N° C-11-2020, seguidos ante el Ministro de Fuero señor Hernán Crisosto Greisse. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Civil-10383-2021. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor Manuel Luna Abarza. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, once de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia definitiva apelada de fecha veinte de septiembre de dos mil veintiuno, dictada en los autos Rol N° C-11-2020, seguidos ante el Ministro de Fuero señor Hernán Crisosto Greisse. Regístrese y devuélvase la competencia. N°Civil-10383-2021. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich, conformada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor Manuel Luna Abarza. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, once de julio de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de julio de dos mil veinticuatro. Proveyendo los escritos folios 18 y 19: a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: Que el mérito de la prueba confesional rendida por la demandante en esta instancia, no permite desvirtuar los razonamientos, -compartidos íntegramente por esta Corte-, en que se asienta la decisión judicial que por esta vía se impu

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