AGRÍCOLA LOS RENUEVOS LIMITADA/DIRECCION GENERAL DE AGUAS
Rol
Fecha
11 de julio de 2024
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PREPARATORIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1) Que en estos autos se ha solicitado la medida prejudicial probatoria de una serie de documentos individualizados en el libelo, que corresponden a antecedentes que la autoridad recurrida tuvo a la vista para dictar actos administrativos que se detallan. 2) Que la solicitada es un organismo de la Administración del Estado por lo que de conformidad a lo establecido en el artículo 8° de la Constitución de la República y el artículo 16 de la Ley N° 19.880, son públicos los antecedentes que sirven de fundamento a sus actos o resoluciones, no siendo atendibles las alegaciones formuladas en relación con su confidencialidad o el hecho de no obrar aquellos en su poder, máxime si se condidera que, en rigor, lo solicitado corresponde a expedientes administrativos. 3) Que, asentado lo anterior,
Fundamentos
considerando que no se encuentra justificada la circusntancia de no contar la autoridad con los referidos antecedentes y que, por otro lado, el requerimiento de información a través de la Ley de Transparecia, es una materia que no se relaciona con la posibilidad de todo litigante de acceder a la exhibición de documentos regulada en el artículo 273 del Código de Procedimiento Civil como medida prejudicial probatoria, resulta procedente acceder a lo solicitado por el apelante, en los términos que se dirán a continuación
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que prevén los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado la resolución de veintisiete de mayo de dos mil veinticuatro, dictada por el 11° Juzgado Civil de Santiago en autos Rol N° C - 5228 – 2024, solo en cuanto se dispone que el juez a quo deberá citar a una nueva audiencia a fin de que se exhiban los documentos singularizados en los numerales i, ii y x de la solicitud de folio 1, bajo el apercibimiento previsto en el artículo 276 del Código de Procedimiento Civil, el que deberá ser aplicado por el a quo, si no se produce la exhibición en los términos antes referidos. Se confirma en lo demás apelado la referida resolución. Devuélvase la competencia. N°Civil-9197-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de julio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1) Que en estos autos se ha solicitado la medida prejudicial probatoria de una serie de documentos individualizados en el libelo, que corresponden a antecedentes que la autoridad recurrida tuvo a la vista para dictar actos administrativos que se detallan. 2) Que la solicitada es un organismo de la Admini
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