FISCO - C.D.E./TERCER JUZGADO DE LETRAS DE TALCA
Rol
Fecha
11 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el 4 de abril de 2024, comparece don Cristóbal Peña Mardones, Abogado Procurador Fiscal de Talca (s), por el Fisco de Chile, y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 1 de abril de 2024, dictada en causa rol C-1.861-2019 sobre reclamo de monto por expropiación del Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Talca, por el juez Álvaro Saavedra Sepúlveda, que declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario planteado por su parte en contra de la resolución de 20 de marzo de 2024. Manifiesta que en los autos indicados, el 30 de junio de 2023 se dictó sentencia, sin que las partes hayan recurrido en su contra ni solicitado su cumplimiento. Ante ello, su parte solicitó al tribunal elevar los antecedentes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones, para proceder al trámite de consulta, puesto que la sentencia definitiva es desfavorable al interés fiscal. En tal sentido, el tribunal mediante resolución de 20 de marzo de 2024 (folio 60), rechazó la petición de su parte tendiente a que se remitieran los autos ante esta Corte a fin de dar cumplimiento al trámite de la consulta que contempla el artículo 751 del Código de Procedimiento Civil. Añade, que contra dicha resolución su parte dedujo recurso de reposición y apelación en subsidio. El primero de los recursos fue rechazado, en tanto que el segundo de ellos no fue concedido por entender el tribunal de base que el recurso de apelación no procede en contra de este género de resoluciones Señala que, la resolución contra la cual se recurre tiene la naturaleza jurídica de un decreto, sin embargo, al denegar la petición de la consulta, incurre en los supuestos que consagra la norma del artículo 188 del Código adjetivo, esto es, que altera la substanciación regular del juicio. Expresa que sólo en aquellos juicios en que el Fisco no sea parte interesada (cuyo no es el caso) o que no sea de competencia de los tribunales ordinarios, podrán dejarse de aplicar las reglas del juicio de hacienda, a menos que se trate de algún asunto en el que no se promueva una contienda entre partes. Indica que, de hecho, en aquellos casos en que el legislador determinó que alguna de las reglas del juicio de hacienda fuese aplicable sólo a los procedimientos de general aplicación, así lo estipuló expresamente, como se observa del artículo 749 de la compilación adjetiva en cita, que restringe su ámbito de vigencia a aquellos asuntos que se ventilen acorde a las reglas del juicio ordinario. A contrario sensu, en todos los restantes casos en que exista un litigio en que tenga interés el Fisco y que sea de competencia de los tribunales ordinarios, como es el caso, cabe dar aplicación sin distinción a las normas ya invocadas. Argumenta que de lo anterior se desprende que el cumplimiento de las sentencias pronunciadas por los tribunales en este género de litigios sobre reclamación de monto expropiatorio, ha de seguir, sin excepción, el procedimiento estatuido por el artículo 752 del Código de Pr
Fallo
SE DECLARA ADMISIBLE el recurso de apelación entablado por la parte del Fisco de Chile en dichos autos, debiendo el tribunal a quo darle tramitación, elevando los autos a esta Corte. Transcríbase esta sentencia al Tercer Juzgado de Letras de esta ciudad. Regístrese y archívese. Rol 560-2024 Civil
Texto Completo (Preview)
Talca, once de julio de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que el 4 de abril de 2024, comparece don Cristóbal Peña Mardones, Abogado Procurador Fiscal de Talca (s), por el Fisco de Chile, y deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 1 de abril de 2024, dictada en causa rol C-1.861-2019 sobre reclamo de monto por expropiación del Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica