INVERSIONES SOLUCIONALO SPA / COFRÉ DIAZ YORDANA
Rol
Fecha
11 de julio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, encontrándose acompañado el título ejecutivo, y habiendo excedido el tribunal las facultades conferidas en el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil al disponer se acompañara otro documento con un apercibimiento que no tiene apoyo legal alguno, de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del mismo código, se revoca la resolución apelada de veintidós de mayo de dos mil veinticuatro, dictada en autos Rol C-1642-2024, por el Primer Juzgado de Letras de San Bernardo y se declara que el tribunal a quo deberá pronunciarse derechamente acerca de la demanda presentada por juez no inhabilitado. Devuélvase. N° 1159-2024-Civil
Fallo
se declara que el tribunal a quo deberá pronunciarse derechamente acerca de la demanda presentada por juez no inhabilitado. Devuélvase. N° 1159-2024-Civil
Texto Completo (Preview)
San Miguel, once de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, encontrándose acompañado el título ejecutivo, y habiendo excedido el tribunal las facultades conferidas en el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil al disponer se acompañara otro documento con un apercibimiento que no tiene apoyo legal alguno, de conformidad, además, con lo dispuesto en los
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