Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Santiago

A.F.P. HABITAT S.A. CON CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO DE CERRO NAVIA

Rol

P-4687-2021

Fecha

28 de febrero de 2023

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE; PRIMERO: Que, con fecha 01 de diciembre de 2022, comparece doña Valeria Orozco Jerez, abogada, en representación de CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO DE CERRO NAVIA, domiciliado para estos efectos en Calle del Consistorial 6600, comuna de Cerro Navia, alegando nulidad de todo lo obrado en autos, señalando que, su representada no ha sido legalmente emplazada del escrito de la ejecutante de fecha 09 de agosto de 2022 y de la resolución de fecha 09 de agosto de 2022, cuestión que trae a mi parte un perjuicio reparable sólo con la declaración de nulidad; por lo que se solicita a S.S, que el incidente sea acogido, retrotrayéndose la causa al estado de notificar el escrito de la ejecutante de fecha 09 de agosto de 2022 y de la resolución de fecha 09 de agosto de 2022. Señala que, con fecha 29 de noviembre de 2022, la receptora judicial presenta estampado receptorial en que se indica que eventualmente habría sido notificada la demandada, con fecha 25 de noviembre de 2022, del escrito de fecha 09 de agosto, y la resolución de fecha 09 de agosto del mismo año. Sin perjuicio de lo anterior, la notificación de autos fue realizada en Del Consistorial Nº6645, Cerro Navia, domicilio que corresponde a la Ilustre Municipalidad de Cerro Navia, y no el domicilio de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Cerro Navia. Agrega que, con fecha 25 de noviembre de 2022, doña Gladys Fredes Acevedo, Código: PXMMXDDLXGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl encargada de la oficina de partes municipal de la secretaría municipal, remite al Administrador Municipal la correspondencia de la fecha antes indicada, la cual correspondía a la notificación de autos, esto es, escrito de solicitud de fecha 09 de agosto del presente y la resolución de fecha 09 de agosto de 2022. Indica que la gestión de la notificación realizada es del todo irregular, toda vez que, incumple requisitos legales, efectuánd

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 80 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que, se rechaza el incidente de nulidad de todo lo obrado por falta de emplazamiento, planteado por VALERIA OROZCO JEREZ, con fecha 01 de diciembre de 2022. II.- Que, cada parte deberá pagar sus costas. RIT: P-4687-2021 RUC: 21-3-0030594-3 Proveyó el(la) Juez(a) del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Santiago a veintiocho de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente. nvb Código: PXMMXDDLXGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: PXMMXDDLXGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-02-28T10:26:32-0300

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés. Estese al mérito de lo que se resolverá. Proveyendo a la objeción documental presentada al otrosí de la presentación de fecha 12 de diciembre de 2022: Teniendo presente que la objeción de los documentos guardan relación con observaciones al valor probatorio de los mismos y no fundándose en causal legal, se desestima a la objeción intentada,

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