JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

MP. C/ CRISTÓBAL RODRIGO SILVA GUZMÁN.

Rol

Fecha

10 de julio de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con la medida del artículo 155 del mismo cuerpo legal decretada por el juez a quo. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en la audiencia ocho de julio del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que sustituyó la prisión preventiva del imputado Cristóbal Rodrigo Silva Guzmán, por la medida cautelar contemplada en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, consistente en arresto domiciliario total. El señor Juez a quo dispondrá lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Nº 2530-2024 Penal.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, diez de julio de dos mil veinticuatro. Sala: Tercera Sala Rol: 2530-2024 Penal Ruc: 2300762855-2 RIT: 3187-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de San Bernardo Integrantes: Ministros señora M. Catalina González Torres y señora Claudia Lazen Manzur y Abogado Integrante señora Florina Bueno Moraga. Relator: Sebastián Vergara de la Rivera Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Nicol

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