INVERSIONES SOLUCIONALO SPA / CALUPI COLLIO ANGELO
Rol
Fecha
10 de julio de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que lo razonado en la resolución impugnada excede las facultades contempladas en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, constituyendo, más bien, una cuestión que es materia de excepciones a la ejecución y, en su caso, que deberá discutirse en la etapa procesal correspondiente. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del mismo cuerpo legal, se revoca la resolución dictada el veintidós de mayo de dos mil veinticuatro, por el 1° Juzgado de Letras de San Bernardo, en la causa RIT C-1660-2024 y se declara que se deberá dar curso a la demanda, dictándose las resoluciones que en derecho correspondan, por juez no inhabilitado, conforme a las disposiciones precedentemente citadas. Devuélvase. N° 1192-2024 Civil
Fallo
se declara que se deberá dar curso a la demanda, dictándose las resoluciones que en derecho correspondan, por juez no inhabilitado, conforme a las disposiciones precedentemente citadas. Devuélvase. N° 1192-2024 Civil
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diez de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Que lo razonado en la resolución impugnada excede las facultades contempladas en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil, constituyendo, más bien, una cuestión que es materia de excepciones a la ejecución y, en su caso, que deberá discutirse en la etapa procesal correspondiente. Y de conformidad, además, con lo dispuest
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