PACHECO/2° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
9 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Primero: Que, comparece Héctor Andrés Montecinos Jiménez, abogado en representación de Juan Aladino Pacheco Palavacino y deduce recurso de hecho en contra de la resolución del 11 de junio de 2024, dictada por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago que concedió, en el solo efecto devolutivo, el recurso de apelación interpuesto por su parte respecto de la sentencia de siete de junio de dos mil veinticuatro, solo en lo que respecta al no reconocimiento del abono heterogéneo. Reclama que la apelación debió haberse concedido en ambos efectos conforme con el artículo 414 del Código Procesal Penal. En este sentido, explica que el imputado fue condenado a la pena de 542 días por el delito de receptación y respecto a esta sanción solicitó el abono de 1298 días, correspondiente al tiempo que cumplió prisión preventiva en la causa RIT O-14170-2025, en la que resultó absuelto. Concluye solicitando que se acoja el presente recurso y se conceda en ambos efectos, el recurso de apelación deducido en contra de la sentencia de siete de junio pasado. Segundo: Que el artículo 370 del Código del ramo dispone que las resoluciones dictadas por Juzgados de Garantía que son apelables: a) las que pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o lo suspendieren por más de treinta días, y b) cuando la ley lo señalare expresamente. Tercero: Que, a su vez, el artículo 414 del Código Procesal Penal, en relación con la sentencia dictada por el juez de garantía en juicio abreviado, dispone “La sentencia definitiva dictada por el juez de garantía en el procedimiento abreviado sólo será impugnable por apelación, que se deberá conceder en ambos efectos”, cuyo es el caso de autos, razón por la que corresponde acceder a lo pedido. En razón de lo anterior, se acoge el falso recurso de hecho deducido por el abogado Héctor Andrés Montecinos Jiménez, en contra de la resolución del 11 de junio de 2024, dictada por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, y en consecuencia dis
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C.A. de Santiago Santiago, nueve de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Primero: Que, comparece Héctor Andrés Montecinos Jiménez, abogado en representación de Juan Aladino Pacheco Palavacino y deduce recurso de hecho en contra de la resolución del 11 de junio de 2024, dictada por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago que concedió, en el solo efecto devolutivo, el recurso de apelación interpues
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