CIFUENTES SALDIVIA / MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO Y OTRO
Rol
Fecha
9 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Patricia Cifuentes Saldivia, comerciante, domiciliada en Filiberto Mery Nº856, comuna de San Bernardo, interpone recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, representada por Cristhopher White Bahamondes, ambos domiciliados en Eyzaguirre Nº450, comuna de San Bernardo, y en contra de Ruby Hortencia Ale Tapia, presidenta del Sindicato Nº2 de Ferias Libres de San Bernardo, domiciliada en Luis Barros Borgoño Nº478, comuna de El Bosque, por el acto arbitrario e ilegal consistente en emitir el Decreto Exento Nº6091 el que establece la caducidad del permiso de ocupación B.N.U.P del puesto Nº4 de la Feria Libre Antonio Varas, lo que afecta las garantías fundamentales contenidas en los numerales 1, 2, 4, 16 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, solicitando se deje sin efecto, manteniéndolo y dejándola pagar el último derecho impago, con costas. Expone que el 24 de enero del presente año se le remitió carta en donde se le comunicó la caducidad del permiso de ocupación del bien nacional de uso público correspondiente al Puesto Nº4 de la Feria Libre Antonio Varas, ROL 1900903 a nombre de la recurrente. Agrega que dicha patente no se encontraba con mora en el pago, ya que se había cumplido con los derechos correspondientes, salvo el último por un problema interno de la Municipalidad. En ese sentido, cuando se dirige a resolver dicho tema, la presidenta del Sindicato Nº2 de Ferias Libres de San Bernardo le indicó que no había posibilidad de recuperar el puesto, asignándolo a una persona de su confianza. Señala que vulnera la garantía fundamental de la integridad psíquica ya que empezó a padecer una ansiedad manifiesta, por no poder generar ingresos, atentando en contra de su derecho a ejercer una labor y al derecho de propiedad sobre el permiso de ocupación que posee en la feria libre indicada. Pide que se acoja el presente recurso en los términos expuestos, con costas. Segun
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Patricia Cifuentes Saldivia, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°942-2024 Protección.
Texto Completo (Preview)
Certifico que se anunciaron y alegaron por el recurso el abogado don Felipe Parra Campos y en contra de éste el abogado don Juan Pablo Labrín Devia. En San Miguel, a 9 de julio de 2024. Emil Ibarra Sáez, relator. San Miguel, nueve de julio de dos mil veinticuatro. A los escritos folios N°15, 16 y 17: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Patricia Cifuentes Saldivia, comerci
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