SIN INFORMACION

HIDALGO AGUILERA MAURICIO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

9 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, comparece don Jonathan Andrés Galaz González, abogado, e interpone acción de amparo constitucional en favor de Mauricio Andrés Hidalgo Aguilera y en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional pronunciada en el mes de abril del año en curso, que le negó dicho beneficio. Expone que el amparado cumple con el tiempo mínimo para optar a la libertad condicional y con conducta muy buena los últimos bimestres. Señala que acto recurrido es arbitrario e ilegal pues no considera las acciones que el amparado ha realizado dentro de su período de internación, que demuestran avances en su proceso de reinserción; se basa únicamente en las conclusiones negativas del informe psicosocial sin explicar, de manera concreta, el por qué aquellas impiden terminar su proceso de reinserción en libertad; y el informe psicosocial tiene como finalidad orientar “los factores de riesgo de reincidencia delictual y que permita conocer sus posibilidades de reinsertarse adecuadamente en la sociedad” (Artículo 12 Reglamente Decreto Ley 321). En ese contexto, destaca que el Informe Consolidado de Postulación da cuenta de avances del amparado en su proceso de reinserción social que no son mencionados en la resolución, la cual no se hace cargo del motivo por el cual aquellos serían irrelevantes para la decisión adoptada. Consigna que el amparado no cuenta con faltas al régimen penitenciario desde el año 2018, se encuentra en lista de espera para participar en el Plan de Intervención Individual y participa en distintas actividades, manteniendo una rutina semiestructurada, lo que evidencia que se encuentra en proceso de validar roles prosociales. Concluye que la resolución que motiva el recurso infringe lo dispuesto en los artículos 1° y 2° del Decreto Ley N° 321, sobre Libertad Condicional y el Decreto N° 338, de 2020, que aprueba el Reglamento sobre Libertad Condicional. Se trata, asimismo de un acto arbitrario al no considerar los avances del amparado. Finaliza solicitando se revoque la resolución recurrida y se ordene conceder la libertad condicional al amparado. Segundo: Que, informando el presente recurso, don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro, Presidente (S) de la Comisión de Libertad Condicional, señala que por resolución de 26 de abril del presente año se resolvió rechazar, por unanimidad, la concesión del beneficio impetrado respecto del amparado. Cita la resolución dictada a su respecto, la cual establece que los antecedentes del interno, contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, dan cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado, en atención a que: “(…) el postulante arroja un riesgo de reincidencia alto, con necesidades de intervención en diversas áreas: pares, familia, pareja, utilización del tiempo libre y patrón antisocial. Se trata de un interno reincidente legal y criminógeno, que actualmente cumple las siguientes

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Mauricio Andrés Hidalgo Aguilera en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese y comuníquese. Amparo N° 1872-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de julio de dos mil veinticuatro. Al folio N° 6: téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que, comparece don Jonathan Andrés Galaz González, abogado, e interpone acción de amparo constitucional en favor de Mauricio Andrés Hidalgo Aguilera y en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional pronunciada en el mes de abril del año en curso, q

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