11B0 JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

M.P.C/ PATRICIO AUGUSTO VALLE CADIZ

Rol

Fecha

8 de julio de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que el artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento. Segundo: Que, a su vez, el artículo 139 del referido ordenamiento prevé que la prisión preventiva procederá cuando las demás medidas cautelares personales fueren estimadas como insuficientes para asegurar las finalidades del procedimiento, la seguridad del ofendido o de la sociedad. Tercero: Que del mérito de los antecedentes expuestos, aparece que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal se ve suficientemente satisfecha con otras medidas que al efecto contempla el artículo 155 del mismo cuerpo legal,

Fundamentos

considerando que al imputado eventualmente le benefician dos atenuantes y no le perjudican agravantes. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en la audiencia de cuatro de julio del año en curso, por el 11° Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Patricio Augusto Valle Cádiz y

Fallo

se declara que éste queda sujeto a las medidas del artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario total y la prohibición de salir del país, respectivamente, debiendo el Tribunal a quo disponer lo pertinente para hacer cumplir lo ordenado. Acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial señor Jaime Salas, quien fue del parecer de confirmar la resolución recurrida en virtud de sus propios fundamentos. Comuníquese vía interconexión. N° 2503-2024-Penal.

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San Miguel, ocho de julio de dos mil veinticuatro Sala: SEGUNDA SALA Rol Corte: Penal 2503-2024 Ruc: 2400610204-9 Rit: 3160-2024 11° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Relator: Emil Ibarra Sáez Imputado: M.P.C/ PATRICIO AUGUSTO VALLE CADIZ Tipo de Recurso: Penal-Apelación cautelar personal Resolución de Escritos en Audiencia: 2 San Miguel, ocho de julio dos mil veinticuatro. Vistos: Primero: Que el

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