MP. C/ TOMÁS ANDRÉS MERCADER ALBORNOZ.
Rol
Fecha
6 de julio de 2024
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que en el actual estado procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación al delito por el cual se ha formalizado investigación y la participación del imputado en el mismo. Además, en cuanto a la letra c) del mismo artículo, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a encontrarse con una cautelar vigente en una causa por delito de la misma especie y bien jurídico protegido. Atendido el mérito de los antecedentes, los
Fundamentos
fundamentos vertidos por el tribunal a quo, y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintiocho de junio del año en curso, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Tomás Andrés Mercader Albornoz. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Cruz, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada, por estimar que otras medidas cautelares del artículo 155 del Código adjetivo, satisfacen el éxito de la investigación. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Rol N° 2494-2024-Penal
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San Miguel, seis de julio de dos mil veinticuatro Sala: SEGUNDA SALA Rol Corte: Penal 2494-2024 Ruc: 2400441161-3 Rit: 5743-2024 JUZGADO DE GARANTÍA DE SAN BERNARDO Relator: Sebastian Platt Astorga Imputado: MP. C/ TOMÁS ANDRÉS MERCADER ALBORNOZ. Tipo de Recurso: Penal-Apelación cautelar personal Resolución de Escritos en Audiencia: 2 San Miguel, seis de julio dos mil veinticuatro. Vistos: Que en
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