SIN INFORMACION

FUNDACION EDUCACIONAL SAN VICENTE/BAEZA

Rol

Fecha

5 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece el abogado Oscar Oyarzo Vera, en representación de la Fundación Educacional San Vicente, persona jurídica del giro de su denominación, interponiendo recurso de protección en contra del Sr. Alcalde de la Municipalidad de Chillán, Camilo Benavente Jiménez, y en contra de Sra. Directora de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Chillán, Susana del Rosario Baeza Lagos, en razón de la acciones y omisiones arbitrarias e ilegales cometidas con la dictación del Decreto Alcaldicio N°14.656 de 20 de noviembre de 2023 y Oficio N°154 de 08 de enero de 2024. Expone que el 5 de diciembre de 2023 su representada tomó conocimiento del Decreto N°14.656 de la Municipalidad de Chillán, que dispuso la clausura del local comercial contribuyente Fundación Educacional San Vicente, sin patente municipal. Explica que se trata de una persona jurídica sin fines de lucro, sostenedora del establecimiento educacional Colegio San Vicente de Paul, y que, contra el decreto antes indicado, el 6 de diciembre de 2023 dedujo recurso de reconsideración, fundándose principalmente en que se encuentra exenta del pago de patente municipal, toda vez que no ejerce actividad comercial ni lucrativa, citando lo dispuesto en el artículo 23 del D.L 3063 de Rentas Municipales, lo cual también se corrobora con lo indicado en el artículo 15 del Decreto 484/80 Interior, destacando que “Las personas jurídicas sin fines de lucro, están exentas del pago de la contribución de patente municipal (…)” Añade que su representada se encuentra exenta del pago de patente municipal, al no ejercer actividad lucrativa alguna, lo cual es corroborado por la jurisprudencia de la Contraloría General de la República, al efecto menciona el Dictamen Nº44.141 del año 2016, obligatorio para la Municipalidad de Chillán. Además, mediante correo electrónico de fecha 5 de enero de 2023 se reconoce por la Dirección de Administración y Finanzas y por el Departamento de Rentas y Finanzas de la Municipalidad de

Fundamentos

fundamentos suficientes, que permitan avalar tal decisión del Municipio, deviniendo la misma en arbitraria, y afectando la garantía de igualdad ante la ley que protege a la recurrente, a lo que se deben añadir los efectos colaterales que puede ocasionar en niños, niñas y adolescentes, al afectarse el funcionamiento de un establecimiento educacional. 13°.- Que, en consecuencia, esta Corte está habilitada para disponer las medidas pertinentes conducentes a reestablecer el imperio del derecho, de tal manera que se acogerá la acción entablada, en los términos que se dirá en lo resolutivo. 14°.- Que, lo anterior es sin perjuicio de los trámites y actuaciones que realicen las partes a fin de regularizar de manera definitiva la calidad de contribuyente de la Fundación Educacional San Vicente.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, el interpuesto por el abogado Oscar Oyarzo Vera, en representación de la Fundación Educacional San Vicente, contra el Sr. Alcalde de la Municipalidad de Chillán, Camilo Benavente Jiménez y contra la Sra. Directora de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Chillán, Susana del Rosario Baeza Lagos, declarándose que se dejan sin efecto el Decreto Alcaldicio N°14.656 de 20 de noviembre de 2023 y el Oficio N°154 de 08 de enero de 2024. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese y, hecho, archívese. Redacción a cargo de la Ministra Paulina Gallardo García. No firma el Ministro Claudio Arias Córdova, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo, por encontrarse con permiso. Protección N°86-2024.- 6

Texto Completo (Preview)

Chillán, cinco de julio de dos mil veinticuatro. Visto: 1°.- Que, comparece el abogado Oscar Oyarzo Vera, en representación de la Fundación Educacional San Vicente, persona jurídica del giro de su denominación, interponiendo recurso de protección en contra del Sr. Alcalde de la Municipalidad de Chillán, Camilo Benavente Jiménez, y en contra de Sra. Directora de Administración y Finanzas de la Mun

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica