JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

SERGIO ANDRES ORELLANA ARENAS C/ PEDRO MARCELO TOBAR BELLO

Rol

Fecha

5 de julio de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrado, en cuanto a la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esta Corte estima que los antecedentes allegados, por ahora al proceso, son suficientes para estimar que la conducta desplegada por el encausado, se aviene al tipo penal por el cual ha sido formalizado. Respecto a la letra c) de dicho precepto legal, cabe señalar que el imputado carece de irreprochable conducta anterior, antecedentes todos que son suficientes para adoptar al respecto la mayor cautela posible, SE CONFIRMA la resolución apelada de veintiocho de junio de dos mil veinticuatro, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Pedro Marcelo Tobar Bello. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 588-2024 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a cinco de julio de dos mil veinticuatro. Sala: Segunda Sala Rol: 588-2024 Penal Ruc: 2400741340-4 RIT: 4501-2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministro señora María Verónica Quiroz Fuenzalida, señor José Delgado Ahumada y el abogado integrante señor Alexis Mondaca Miranda. Relator (a): Patricia Díaz Donoso Digitador (a): Ge

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