MINISTERIO PÚBLICO C/ FELIPE IGNACIO CATALAN TORRES
Rol
Fecha
5 de julio de 2024
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente que según se ha expuesto por ambos intervinientes en estrados con fecha 28 de junio del año en curso se ordenó el ingreso de Felipe Catalán Torres en calidad de rematado por revocación de la pena sustitutiva en causa rol 1650-2020 del mismo tribunal lo que de conformidad a lo establecido en el artículo 141 letra c) del Código Procesal Penal hace improcedente la prisión preventiva, se revoca la resolución apelada y se deja sin efecto la prisión preventiva del referido encartado. Téngase por notificados a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase. R.I.C. 626-2024 Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán LGC/cff Chillán, cinco de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo únicamente presente que según se ha expuesto por ambos intervinientes en estrados con fecha 28 de junio del año en curso se ordenó el ingreso de Felipe Catalán Torres en calidad de rematado por revocación de la pena sustitutiva en causa rol 1650-2020 del mismo tribunal lo que de conformidad a lo establecido
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica