LLANQUITUR/CAJA DE COMPENSACIÓN Y ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES
Rol
Fecha
5 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Primero: Que comparece doña Carla Gristela Llanquitur Ormeño, quien deduce recurso de protección en contra de Caja de Compensación y Asignación Familiar Los Andes por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en el descuento realizado en sus liquidaciones de sueldo respecto a un crédito social que le fue otorgado por la recurrida, vulnerando su derecho de propiedad, garantizado en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República. Refiere, en síntesis, que obtuvo un crédito por la suma de $6.932.208, pactando con la recurrida su pago en 60 cuotas mensuales y sucesivas, venciendo la primera de ellas el 30 de noviembre de 2022, sin embargo, debido a las condiciones laborales y económicas del país, no pagó ninguna, siendo demandado ejecutivamente en causa Rol C-7515-2023 del 7° Juzgado Civil de Santiago. Expresa que advirtió en su liquidación de sueldo del mes de marzo de 2024, un descuento por la suma de $220.000 a favor de la recurrida, lo que estima un ejercicio abusivo e ilegal de los preceptos legales que regulan el funcionamiento de estas entidades. Solicita se acoja el recurso y se ordene a la recurrida el cese de todo tipo de retención o descuento en sus remuneraciones, se restituyan los efectuados y los que se realicen durante la tramitación de esta acción, todo ello con costas. Segundo: Que, comparece la abogada Inés Riquelme Arao, en representación de la Caja de Compensación y Asignación Familiar Los Andes, quien solicita el rechazo del recurso por no existir acto ilegal o arbitrario que pueda reprochársele. Afirma que son tres los créditos que fueron otorgados a la recurrente: el primero de ellos, código 208COS100082094, de 16 de diciembre de 2021, por la suma de $6.932.208, que fue luego reprogramado el 29 de septiembre de 2022, por un total de $6.741.750, en un plazo de 48 meses, con primer vencimiento el 30 de noviembre del mismo año. Además, dos créditos de emergencia, folios 041EME103340512 y 041EME103484417, encont
Fundamentos
fundamentos referidos se acogerá como se dirá en lo resolutivo el recurso de protección, no siendo necesario ahondar sobre la otra garantía individualizada en la acción constitucional. Noveno: Que, respecto de los otros dos créditos de emergencia informados por la recurrida, lo cierto es que no existe certeza de lo que se está cobrando, por cuanto, de acuerdo al monto deducido de la remuneración del actor, se está cobrando una suma superior a las cuotas correspondientes por dichas deudas. A este respecto, el primer crédito de emergencia folio N° 041EME103340512 estaría en mora desde julio de 2022 y el segundo, folio N° 041EME103484417, desde septiembre del mismo año, sin que ninguna comunicación se remitiera al recurrente para informarle que realizaría el cobro de aquéllos, por lo que ninguna justificación existe, toda vez que las cuotas pactadas ascienden a $29.531, y dos de $9.651, respectivamente, razón por la cual igualmente corresponde acoger la acción en relación a estos dos créditos a los que alude el recurrido en su informe, por falta de precisión en el cobro y por no existir certeza del monto total de las obligaciones, sobre todo si, como ya se dijo, respecto del primer crédito aceleró la obligación con fecha 5 de mayo de 2023.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge el recurso de protección interpuesto por doña Gristela Llanquitur Ormeño en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por lo que la recurrida deberá abstenerse de efectuar los descuentos y, en consecuencia, deberá restituir todas las sumas descontadas a la recurrente desde el mes de marzo de 2024. Regístrese y comuníquese. Rol N° 7272-2024 Protección.
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C.A. de Santiago Santiago, cinco de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Primero: Que comparece doña Carla Gristela Llanquitur Ormeño, quien deduce recurso de protección en contra de Caja de Compensación y Asignación Familiar Los Andes por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en el descuento realizado en sus liquidaciones de sueldo respecto a un crédito social que le fue otorgado
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