JUZGADO DE GARANTIA DE CASTRO

MP C/ WALTER FRANCISCO QUILAHUILQUE TENEB

Rol

Fecha

5 de julio de 2024

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado de esta causa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Castro que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en su oportunidad. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye al imputado. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza del delito por la cual fue formalizada la presente investigación, la forma de comisión, la pena asignada, la prognosis de ella en caso de condena, su eventual forma de cumplimiento y no habiendo variado sustancialmente los antecedentes tenidos a la vista en su oportunidad, se configura un peligro para la seguridad de la víctima y de la sociedad que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público en su contra. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha dos de julio del año dos mil veinticuatro, dictada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Castro, doña Jesica Yáñez Sanhueza respecto del imputado Walter Francisco Quilahuilque Teneb, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva dictada en su contra.  Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 843-2024.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha dos de julio del año dos mil veinticuatro, dictada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Castro, doña Jesica Yáñez Sanhueza respecto del imputado Walter Francisco Quilahuilque Teneb, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva dictada en su contra.  Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 843-2024.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, cinco de julio de dos mil veinticuatro. Vistos 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado de esta causa en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Castro que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el ente persecutor en su oportunidad. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y

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