IMPUTADO: RAMIRO ANTONIO SANCHEZ CARRASCO
Rol
Fecha
5 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
C.A. de Concepción xsr Concepción, cinco de julio de dos mil veinticuatro. Visto, oído y
Fundamentos
considerando: 1º.- En estos antecedentes del ingreso Penal 1098-2024, que corresponde a la causa RIT 954-2022 del Juzgado de Garantía de Talcahuano, la resolución de auto de apertura del juicio oral dictada en la audiencia de 20 de mayo de 2024, excluyó toda la prueba del Ministerio Público “por estimarse que en la obtención de aquellas, por no haberse obtenido las autorizaciones previas judiciales para el acceso al domicilio y no vislumbrándose de la solo huida la comisión de algún delito determinado se ha infringido el derecho de inviolabilidad del hogar y de las normas del debido proceso”. 2º.- En contra de este dictamen, el Ministerio Público apela, argumentando, en síntesis, que el día 25 de abril de 2022, a las 19.40 horas, aproximadamente, en circunstancias que funcionarios de Carabineros, vistiendo de civil, se encontraban realizando controles preventivos de identidad, en las cercanías de la intersección de calles Camberra y La Tirana de la comuna de Hualpén, luego de identificarse como tales ante un sujeto con la intención de realizar una fiscalización, aquel se negó a identificarse, emprendiendo huida, siendo seguido hasta el interior del inmueble ubicado en calle Camberra, N°2024 de la misma comuna, lugar donde fue identificado como el encartado Ramiro Antonio Sánchez Carrasco, quien, a la consulta de antecedentes, arrojó dos órdenes de detención vigentes (en causas RUC 1901008828-6 - RIT 6501-2019 del Juzgado de Garantía de Talcahuano; y RUC 2000460798-6 - RIT 9987-2021 del Juzgado de Garantía de Concepción) siendo detenido en virtud de las mismas, ocasión en la cual fue sorprendido manteniendo bajo su posesión y guarda, las siguientes especies que poseía al interior del citado lugar en una dependencia destinada a dormitorio, mantenía un sistema de cultivo tipo in door de especies vegetales del género cannabis sativa, para lo cual utilizaba una carpa, ventilación e iluminación artificial, con plantas del citado tipo en proceso de secado (10 unidades), las cuales previamente había sembrado, plantado y cosechado, encontrándose estas sin raíz y con longitudes de entre 70 y 100 centímetros. Hace presente que el acusado no contaba con autorización alguna para proceder a la siembra, plantación, cultivo y/o cosecha de las citadas especies vegetales, estimándose que estas no estaban destinadas a un tratamiento médico debidamente acreditado o a su uso o consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo. Estima que el Juez de Garantía al excluir la prueba, incurrió en una errada interpretación de la normativa del Código Procesal Penal en general, y en particular respecto de lo dispuesto en el artículo 206, en relación con lo establecido en el artículo 19 de la Constitución Política de la República en sus numerandos tercero y quinto. Aclara que, respecto a los antecedentes de la detención y demás circunstancias expuestas en la audiencia de fecha 26 de abril de 2022, de control de la detención y posterior formalización del imputado Ramiro An
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo señalado en los artículos 352, 364 y siguientes en relación a los artículos 276 inciso tercero, 277 inciso segundo, todos del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de auto de apertura de 20 de mayo de 2024, en la parte que excluye toda la prueba de cargo, y en su lugar se decide, que se incluye la prueba excluida como prueba de cargo del Ministerio Público. Notifíquese, léase en la audiencia fijada al efecto, y devuélvase. Redactó el abogado integrante Marcelo Matus Fuentes. N°Penal-1098-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, cinco de julio de dos mil veinticuatro. Visto, oído y considerando: 1º.- En estos antecedentes del ingreso Penal 1098-2024, que corresponde a la causa RIT 954-2022 del Juzgado de Garantía de Talcahuano, la resolución de auto de apertura del juicio oral dictada en la audiencia de 20 de mayo de 2024, excluyó toda la prueba del Ministerio Público “por estimarse que
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