BRIONES/COMISION MEDICA LOCAL DE GENDARMERIA
Rol
Fecha
5 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Comparece don NÉSTOR ARIEL BRIONES GARABITO, funcionario de Gendarmería de Chile, domiciliado en calle Wunman N° 438, Villa Llakolen comuna de Lautaro, quien interpone recurso de protección en contra de la COMISIÓN MÉDICA CENTRAL DE CARABINEROS, representada por su Presidente (S) don CLAUDIO GONZALO GARCIA COSTELLO, RUT: 8.144.468-4, o quien actualmente ejerza el cargo o haga las veces de tal, ambos con domicilio en calle Antonio Varas N° 2500, comuna de Ñuñoa, Santiago; y la COMISIÓN MÉDICA LOCAL DE GENDARMERIA DE CHILE, representada por su Presidente (S) don PAULO ALEXANDRO GRANATA SASSON, RUT: 6.492.528-8, o quien actualmente ejerza el cargo o haga las veces de tal, ambos con domicilio en calle Rosas N° 1264, Santiago Centro; a fin de que este Tribunal de Alzada, acogiendo el recurso, adopte las medidas tendientes para cautelar y restablecer el legítimo ejercicio de los derechos constitucionales establecidos en el artículo 19 Nºs 1°, 2°, 3° inciso quinto, y 24 de la Constitución Política de la República, de cuyo legítimo ejercicio se le ha privado, perturbado y amenazado como consecuencia del proceder arbitrario e ilegal de las recurridas, en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho. I. ANTECEDENTES DE HECHO QUE MOTIVAN LA PRESENTE ACCIÓN DE PROTECCIÓN Señala el recurrente que, desde hace más de 14 años trabaja como funcionario de Gendarmería de Chile, actualmente en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Lautaro. El viernes 26 de noviembre de 2021, mientras estaba de servicio en Guardia Interna, solicitó permiso para ir al baño del personal ubicado en el segundo piso. Al regresar, al bajar las escaleras, su pierna izquierda se trabó en un peldaño, impidiéndole continuar. Fue asistido por el Suboficial Mayor Armando Ramos Cornejo y luego informó del accidente al Suboficial de Guardia, siguiendo el protocolo establecido. Ese mismo día fue trasladado a urgencias de la Clínica Alemana de Temuco, llegando a las 12:35 horas. Después de algunas horas, fue atendido por el médico Miguel Ángel Icarte Opazo, quien realizó una "ECO rodilla izquierda" y diagnosticó inicialmente un "Esguince de rodilla". Se le otorgó una licencia médica por 15 días (N° 2- 61635041). El 27 de noviembre de 2021, tras coordinación con la Clínica, le realizaron una resonancia de rodilla que no pudo hacerse el día anterior por falta de disponibilidad. También fue derivado al traumatólogo Dr. Hugo Godoy Rodríguez para el 30 de noviembre de 2021. El traumatólogo informó que, según la resonancia del 27-11-2021, su lesión era más grave de lo inicialmente diagnosticado en urgencias, siendo diagnosticada como "Rotura total de ligamento cruzado anterior + rotura de menisco lateral de rodilla izquierda". En el marco del procedimiento de rigor adoptado por Gendarmería de Chile, mediante Providencia N° 460 de 29-11-2021, se designó investigador al Suboficial Mayor Gastón Figueroa Quezada, quien el 02-12-2021 dio término a la investigación interna llevada al efecto, concluyendo lo siguiente “que existe una relación de causalidad entre la lesión sufrida y la función que el funcionario realiza, toda vez, que ese día se encontraba trabajando. Por lo que a juicio de este investigador, la lesión sufrida fue producto de un accidente en acto de servicio, y
Fallo
por tanto le asisten los beneficios del Articulo 55, del DFL del estatuto del personal de Gendarmería de Chile”, catalogando la lesión el investigador como un accidente en actos del servicio. No obstante lo anterior, el 05-03-2024, el Alcaide del Centro Penitenciario de Lautaro le notificó la Resolución Exenta N° 91 de 15-01-2024, que declaró improcedente la clasificación de su lesión como accidente en actos del servicio, basándose en la opinión de la Comisión Médica Central de Carabineros. Esta decisión, considerada arbitraria e ilegal, motiva su recurso de protección para restablecer sus derechos, pues el sumario administrativo ya había confirmado que su lesión había ocurrido en acto de servicio. Continúa señalando que el 03 de enero de 2022, se sometió a una cirugía para reconstruir el ligamento cruzado anterior y realizar una meniscectomía parcial en su rodilla izquierda, debido a la gravedad de la lesión sufrida en el accidente. Experimentó complicaciones postoperatorias de artrofibrosis, por lo que necesitó dos intervenciones adicionales el 07 de junio y el 22 de noviembre de 2022, para fibroartrolisis y liberación bajo anestesia de la rodilla izquierda. Después de completar la rehabilitación kinésica, recuperó la movilidad normal y recibió alta médica en diciembre de 2023, reincorporándose al trabajo sin problemas. Agrega que la Comisión Médica Central de Carabineros emitió la Resolución Exenta (R) N° 2888 el 29 de septiembre de 2023, declarando improcedente clasifi
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C.A. de Temuco Temuco, cinco de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: Comparece don NÉSTOR ARIEL BRIONES GARABITO, funcionario de Gendarmería de Chile, domiciliado en calle Wunman N° 438, Villa Llakolen comuna de Lautaro, quien interpone recurso de protección en contra de la COMISIÓN MÉDICA CENTRAL DE CARABINEROS, representada por su Presidente (S) don CLAUDIO GONZALO GARCIA COSTELLO, RUT: 8.144.
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