1º JUZGADO DE LETRAS DE LOS ANDES

A.F.P. MODELO S.A. CON CORPORACION NACIONAL DEL COBRE DE CHILE

Rol

Fecha

4 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Teniendo únicamente presente que en la especie se apela de la resolución que rechaza la objeción de la liquidación, dictada en un procedimiento ejecutivo de cobro de cotizaciones previsionales y, que dicha resolución no es susceptible de impugnarse según lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 17.322, se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutante en contra de la resolución de fecha trece de junio de dos mil veinticuatro dictada por el Primer Juzgado de Letras de Los Andes. II) En cuanto al recurso de casación en la forma: Vistos y teniendo presente: Primero: Que la parte ejecutante dedujo recurso de casación en la forma en contra de la resolución dictada por el Primer Juzgado de Letras de Los Andes, con fecha trece de junio del corriente, que rechazó la objeción a la liquidación, en el contexto de juicio sobre cobro previsional regulado por la Ley N° 17.322. Segundo: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en la forma se concede contra las sentencias definitivas, contra las interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. Tercero: Que la resolución objetada, que rechaza la objeción de la liquidación, no reviste la naturaleza jurídica de ninguna de las descritas en el fundamento segundo, pues no comparte el carácter de sentencia definitiva ni de interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, razón suficiente para declararlo inadmisible en esta etapa de tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que disponen los artículos 764 y 781 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en la forma interpuesto en contra de la resolución de trece

Fallo

se declara inadmisible, por improcedente, el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutante en contra de la resolución de fecha trece de junio de dos mil veinticuatro dictada por el Primer Juzgado de Letras de Los Andes. II) En cuanto al recurso de casación en la forma: Vistos y teniendo presente: Primero: Que la parte ejecutante dedujo recurso de casación en la forma en contra de la resolución dictada por el Primer Juzgado de Letras de Los Andes, con fecha trece de junio del corriente, que rechazó la objeción a la liquidación, en el contexto de juicio sobre cobro previsional regulado por la Ley N° 17.322. Segundo: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 766 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de casación en la forma se concede contra las sentencias definitivas, contra las interlocutorias cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación y, excepcionalmente, contra las sentencias interlocutorias dictadas en segunda instancia sin previo emplazamiento de la parte agraviada, o sin señalar día para la vista de la causa. Tercero: Que la resolución objetada, que rechaza la objeción de la liquidación, no reviste la naturaleza jurídica de ninguna de las descritas en el fundamento segundo, pues no comparte el carácter de sentencia definitiva ni de interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación, razón suficiente para declararlo inadmisible en esta etapa de tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, adem

Texto Completo (Preview)

Dgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de julio de dos mil veinticuatro. Proveyendo derechamente a folio 1 “Ingreso recurso”: I) En cuanto al recurso de apelación: Visto: Teniendo únicamente presente que en la especie se apela de la resolución que rechaza la objeción de la liquidación, dictada en un procedimiento ejecutivo de cobro de cotizaciones previsionales y, que dicha resolución no es su

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica