11º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

DÍAZ/INVERSIONES SANTA MAGDALENA LIMITADA

Rol

Fecha

4 de julio de 2024

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PREPARATORIA

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la substanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley. 2.- Que del mérito de autos consta que la resolución materia del presente recurso no hace procedente la interposición del recurso de apelación atendida su naturaleza jurídica, en los términos precisados precedentemente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada con fecha treinta de abril del año en curso contra la resolución de fecha veinticuatro del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-9590-2024. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Jorge Zepeda Arancibia, e integrada por el ministro señor Alejandro Rivera Muñoz, y por la abogada integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada con fecha treinta de abril del año en curso contra la resolución de fecha veinticuatro del mismo mes y año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-9590-2024. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el ministro señor Jorge Zepeda Arancibia, e integrada por el ministro señor Alejandro Rivera Muñoz, y por la abogada integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.

Texto Completo (Preview)

rbm C.A. de Santiago Santiago, cuatro de julio de dos mil veinticuatro. Al folio N° 3, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia y, en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la substanciación regular del juicio o recaen sobre tr

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica