ALVARADO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
4 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo por Alejandro José Alvarado Ortiz, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones con motivo de la dictación de la Resolución Exenta N°19106 de 20 de mayo de 2024, que dispone la expulsión del amparado del territorio nacional, solicitando sea dejado sin efecto. Expone la parte recurrente que el acto administrativo por el que se le pretende expulsar se dictó en el contexto de un procedimiento que no respetó el principio de contradictoriedad establecido en el artículo 10 de la Ley N° 19.880, por lo que no fue sometido nunca a un proceso que le permitiera ser oído, defenderse y aportar pruebas para al menos intentar justificar su actuar o atenuar mi responsabilidad en los hechos que se le imputan, sobre todo si se tiene en cuenta que la conducta que motivó su expulsión del país tiene el carácter de un delito, por lo que no puede existir sanción que derive de una pena sin un previo examen de culpabilidad que respete además el principio de la presunción de inocencia. Como consecuencia de lo anterior, indica que el acto que sustenta su expulsión carece de una debida fundamentación conforme lo dispone el artículo 41 de la Ley N°19.880. A folio 4, informa la Policía de Investigaciones de Chile, señalando que el amparado ingresó clandestinamente al país, iniciándose el 8 de enero de 2024 un proceso sancionatorio de expulsión en su contra a contar del 20 de mayo del presente año. A folio 7, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Como cuestión previa, opone como excepción de previo y especial pronunciamiento ya que la Resolución Exenta que presenta el extranjero recurrente como antecedente para la presentación del recurso no constituye a una expulsión administrativa que pueda ser impugnada a través de esta vía, sino mediante el recurso especial de reclamación de expulsión ante esta Corte de Apelaciones, contemplado expresamente en el artículo 141 de la L
Fundamentos
considerando: Primero: Que, del mérito de los antecedentes, se impugna a través de esta vía cautelar, la dictación de la Resolución Exenta N°19.106 de 20 de mayo de 2024, que dispone la expulsión del amparado del territorio nacional por haber eludido el control policial respectivo, lo que dio origen a un procedimiento sancionatorio en su contra, señalándose en la referida resolución que el extranjero no remitió a esa autoridad sus descargos, dentro del plazo conferido para aquello. Segundo: Que, en lo referente a la alegación de la recurrida de no ser la acción constitucional de amparo la vía idónea para impugnar la decisión de expulsión, debe señalarse que, tratándose la presente de una acción constitucional extraordinaria, su interposición no reconoce excepción alguna, bastando para su procedencia la simple denuncia de una infracción a la libertad ambulatoria del amparado. Tercero: Que, conforme al mérito de autos, se logra constatar que el servicio recurrido inició, con fecha 8 de enero de 2024, un proceso sancionatorio de expulsión en contra del amparado por ingreso al país eludiendo el control migratorio, del cual fue notificado personalmente, y en el que no formuló descargo alguno, encontrándose vencido el plazo para hacerlo. Cuarto: Que, en este orden, se advierte que la decisión de expulsión del amparado ha sido adoptada por la autoridad competente, dentro del ejercicio de sus facultades legales, conforme a los artículos 127 N° 1 y 32 N° 3 de la Ley N°21.325, y en un proceso previo legalmente tramitado, mediante resolución fundada, de modo tal que no se advierte ilegalidad alguna que pueda ser atacada por la presente vía. Quinto: Que, en el mismo sentido, se ha pronunciado la Excma. Corte Suprema mediante sentencia definitiva de treinta y uno de mayo de dos mil veinticuatro, dictada en causa Rol N°17.359-2024.
Fallo
Por estas consideraciones y conforme con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta por Alejandro José Alvarado Ortiz, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1437-2024.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de julio de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, se interpone recurso de amparo por Alejandro José Alvarado Ortiz, de nacionalidad venezolana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones con motivo de la dictación de la Resolución Exenta N°19106 de 20 de mayo de 2024, que dispone la expulsión del amparado del territorio nacional, solicitando sea dej
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica