SIN INFORMACION

MANZANO ALFARO, CARLOS PATRICIO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL (1ER. SEMESTRE DE 2024)

Rol

Fecha

4 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece HAMILTON GONZALEZ ROJAS, Defensor Público Penitenciario, por el condenado CARLOS PATRICIO MANZANO ALFARO, interponiendo acción de amparo constitucional, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, quien mediante resolución N°249-2024, de 11 de abril de 2024, rechaza otorgar el beneficio de libertad condicional a su representado, por no cumplir con los requisitos contemplados en el D.L. 321. Expone que actualmente el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 15 años por el delito de parricidio, la cual inicio el 08 de mayo de 2012 y termina de cumplir el 08 de mayo de 2027. Sostiene que la Comisión de Libertad Condicional, al negar al amparado la libertad condicional, no tuvo en cuenta los avances que el amparado presenta de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 del D.L. 321, los cuales constan en informe social que acompaña. Durante su tiempo en reclusión, el condenado registra participación en actividades orientadas a avanzar en su proceso de reinserción y disminuir su nivel reincidencia. En el ámbito laboral, el condenado se mantiene participando en Programa de Autoempleo (trabajador independiente), en el rubro de artesanía en madera, siendo formalizado en Consejo Técnico del 11 de mayo 2022, manteniéndose vigente. En cuanto a la red de apoyo, el amparado cuenta con una red de apoyo familiar, conformada principalmente de familiar don Pedro Cuello Villarroel, principal referente significativo en el medio libre, se ha destacado por contribuir de manera positiva en el proceso de reinserción social, prestándole ayuda en el ámbito económico y emocional, por lejanía y situación laboral sus visitas intrapenitenciaria no han sido constantes desde julio 2023. En el ámbito habitacional, cuenta con domicilio fijo en la comuna Coquimbo, familiar comenta que se encuentra totalmente dispuesto a brindarle un espacio donde residir, dentro de terreno de su empresa. En cuanto a la percepción del delito, el informe elaborado por la asistente social de la Defensoría Penitenciaria, doña CLAUDIA GALARCE ZEPEDA, da cuenta que el amparado: “En la actualidad presenta conciencia de la gravedad del delito, conciencia del mal causado, y rechazo explícito a delitos futuros, contando con recursos personales que favorecían una adecuada reinserción”. Destaca que el contenido del informe elaborado por doña Claudia Galarce, se corresponde con el contenido del informe de postulación elaborado por Gendarmería, en el que se da cuenta de: una disminución de su riesgo de reincidencia de alto a medio, como consecuencia del proceso de intervención del que ha sido objeto el amparado en el medio cerrado; el reconocimiento de la gravedad del delito cometido, del daño causado y del rechazo a la comisión de delitos; que cuenta con recursos personales que favorecerían una adecuada reinserción. En relación con el motivo relevado por la Comisión para denegar el beneficio de libertad condicional, consistente en el “mediano riesgo

Fallo

por tanto su actuación es arbitraria. Por estas consideraciones solicita se deje sin efecto la decisión denegatoria adoptada respecto del amparado por la Comisión de Libertad Condicional, otorgándosele el beneficio de la libertad condicional. Acompaña informe amparo libertad condicional elaborado por la trabajadora social penitenciaria CLAUDIA GALARCE ZEPEDA. SEGUNDO: Que, evacuó informe CAROLINA ANDREA BARONCINI GALVEZ, integrante de la Comisión de Libertad Condicional año 2024. Expone que la comisión que integró se reunió el 11 de abril del presente año y, en esa instancia, se acordó rechazar la solicitud formulada por don Carlos Patricio Manzano Alfaro, cédula de identidad N° 11.806.570-0, por los siguientes motivos: El informe de postulación psicosocial presentado da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un riesgo mediano de reincidencia. Asimismo, indica que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito ni del mal causado y no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Sugiere, asimismo, el equipo técnico de Gendarmería que elaboró el informe psicosocial mencionado, que el interno prosiga con su proceso de intervención en el sistema cerrado, debiendo continuar con el abordaje de factores de riesgo que no han sido intervenidos, sumado a que no es posible comprobar si su red de apoyo es un agente facilitador en su

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Manzano Alfaro, Carlos Patricio Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°265-2024.- La Serena, cuatro de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece HAMILTON GONZALEZ ROJAS, Defensor Público Penitenciario, por el condenado CARLOS PATRICIO MANZANO ALFARO, interponiendo acción de amparo constitucional, en contra de la Comisión de Libertad Condiciona

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