PASTÉN BARRAZA, MANUEL JESÚS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1ER. SEMESTRE DE 2024)
Rol
Fecha
4 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece GABRIEL MAURICIO CALDERON LEWIN, defensor penal público penitenciario en representación de MANUEL JESUS PASTEN BARRAZA, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la resolución 300-2024 adoptada por la Comisión de Libertad Condicional, de 11 de abril de 2024. Expone que su representado cumple actualmente una condena de 5 años 1 día, por tráfico ilícito de drogas. Destaca que el amparado se encuentra privado de libertad desde el 16 de agosto de 2020, y su fecha de término de condena es el 17 de agosto de 2025. Cumplió con el tiempo mínimo para optar a la Libertad Condicional el 17 de diciembre de 2023. Asimismo, el amparado cumple con el requisito de conducta y por ende ha sido considerado por Gendarmería en esta postulación. Aduce que el rechazo del beneficio de Libertad Condicional por parte de la Comisión se funda en exigencias no contempladas en la ley o en requisitos superiores, y por ello constituye un acto arbitrario, pues no basta con resaltar los aspectos negativos del condenado y en base a ello rechazar la postulación, sino que debe fundar adecuadamente porque esos aspectos llevan a inclinarse porque deba cumplir el saldo de pena privado de libertad y no bajo la modalidad de libertad condicional. Refiere que el amparado satisface el criterio de tiempo mínimo requerido, así como ha mantenido una conducta ejemplar durante los últimos doce meses, cumpliendo con los estándares establecidos, y registra avances en su proceso de reinserción. En consecuencia, si un recluso cumple con el requisito de tiempo mínimo y mantiene una conducta intachable, es lógico y razonable esperar que, para la elaboración del informe psicosocial exigido por el numeral 3° del artículo 2 del Decreto Ley Nº321, el profesional responsable lleve a cabo un análisis exhaustivo de la vida del condenado dentro del establecimiento penitenciario. Este análisis debería centrarse en evaluar si el recluso ha logrado avances significativos que justifiquen su elegibilidad para el beneficio. Sin embargo, en la práctica, este proceso de evaluación tiende a enfocarse desproporcionadamente en las características personales previas del individuo y en la naturaleza de la condena que está cumpliendo, en lugar de en sus progresos reales durante el encarcelamiento. Destaca que el condenado se encuentra recluido en el Complejo Penitenciario de La Serena, mantiene una excelente conducta, contando con 7 bimestres calificados con muy buena conducta (enero/diciembre de 2023 - enero/febrero de 2024). Añade que según información obtenida en Formulario Consolidado de Postulación al Proceso de Libertad Condicional 2024. El interno cuenta con Plan de intervención individual, Participando en los siguientes talleres: curso en Capacitación de Proyectos eléctricos, actualmente en desarrollo. En el ámbito educativo, en el año 2020, cursó primero medio en el establecimiento educacional “Liceo Bicentenario Politécnico de Ovalle, Región de Coquim
Fallo
Por estas consideraciones solicita se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional a su representado, decretando se le conceda dicha libertad de manera inmediata. Acompaña informe social, elaborado por profesional de la Defensoría Penal Pública, respecto de la Libertad Condicional del usuario MANUEL JESUS PASTEN BARRAZA. SEGUNDO: Que, evacuó informe Iván Corona Albornoz, presidente de la Comisión de Libertad Condicional del año 2024. Expone que la comisión que presidió se reunió el once de abril del año dos mil veinticuatro y, en esa instancia, se acordó rechazar la solicitud formulada por Manuel Jesús Pastén Barraza, cédula de identidad N°14.517.394-9, por los siguientes motivos: - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería, da cuenta de factores de riesgo de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un riesgo bajo de reincidencia. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia de la gravedad del delito. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no presenta conciencia del mal causado. - El informe de postulación psicosocial de Gendarmería da cuenta que el condenado no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos. Añade que todos estos motivos permiten sostener que “compartiendo esta Comisión lo señalado en el informe psicosocial elaborado po
Texto Completo (Preview)
Pastén Barraza, Manuel Jesús Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°261-2024.- La Serena, cuatro de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece GABRIEL MAURICIO CALDERON LEWIN, defensor penal público penitenciario en representación de MANUEL JESUS PASTEN BARRAZA, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la resolución 300-2024 a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica