SIN INFORMACION

FIEFIE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

4 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, se recurre de amparo en favor de doña Estamonie Fiefie, haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal que importaría la dictación de la Resolución Exenta N° 224230296, de 10 de abril de 2024, que rechaza su solicitud de residencia definitiva y dispone su abandono del país, solicitando que se deje sin efecto. Funda su arbitrio en que solicitó visa de permanencia definitiva, pero ésta le fue negada el 8 de abril del presente año por la Resolución atacada, bajo fundamento que no remitió la sanción correspondiente al artículo 107 solicitada por la autoridad. Señala que ello no es efectivo, toda vez que al momento de solicitar la residencia definitiva pagó la multa, pero la calculó equivocadamente, indicando que también remitió el comprobante de pago al momento de ser apercibida. Al tratarse de un simple error, señala que la sanción impuesta debe ser de menor gravedad, máxime cuando la amparada cuenta con arraigo familiar y social en el país. A folio 6, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del arbitrio intentado, indicando que efectivamente, a la extranjera, por notificación electrónica de 20 de diciembre de 2022 se le informó que su solicitud de residencia definitiva no se encuentra en condiciones de avanzar a la siguiente etapa de análisis, toda vez que al momento de postular se encontraba vencido su permiso de residencia, por lo que debía sancionarse por residencia irregular, por infracción al artículo 107 de la Ley 21.325. Adicionalmente, se le requirió acompañar su certificado de antecedentes del país de origen, copia del contrato actual, certificado histórico de cotizaciones de AFP y de Salud. Además, se le informo que debe pagar los derechos de la solicitud de residencia definitiva. Prosigue indicando que habiendo el recurrente pagado los derechos de la residencia definitiva, y acompañado algunos de los antecedentes requeridos, mediante notificación electrónica de fecha 23 de febr

Fundamentos

considerando: Primero: Que mediante el presente arbitrio, se ataca de ilegalidad la Resolución Exenta N° 224230296, de 10 de abril de 2024, que rechaza la solicitud de residencia definitiva de la amparada y dispone su abandono del país, fundada en no haber dado cumplimiento con el pago de la multa por haber residido irregularmente en el país, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 21.235. Segundo: Que, del mérito de los antecedentes, se advierte que, si bien la actora no acompañó el documento en la oportunidad legal que correspondía, se logra apreciar que esto se produjo por una confusión respecto de la multa que debía pagar, pagando la sanción bajo el artículo 106 de la Ley N° 21.325, de manera tal que la medida de abandono se torna desproporcionada, en atención a las circunstancias del caso. Tercero: Que, en efecto, del análisis de los antecedentes acompañados por la amparada en su recurso, es posible concluir que ésta cuenta con arraigo familiar y laboral en el territorio nacional, según con su certificado de matrimonio, certificado de nacimiento de su hija y certificados de cotizaciones previsionales, lo que permite concluir que, de ejecutarse la medida de abandono del país, se ocasionaría un daño al arraigo que posee en territorio nacional. Cuarto: Que, en lo que se refiere al certificado de antecedentes penales de la recurrente, que el Servicio echa en falta, resulta un hecho notorio y de público conocimiento la situación económica, política y social del país de origen de la amparada, que dificulta sobremanera la obtención de documentos oficiales; de modo tal que se hará lugar al recurso también en este sentido, otorgando un plazo a la actora para que tramite debidamente dicho certificado.

Fallo

Por estas consideraciones y conforme con lo prescrito en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de doña Estamonie Fiefie en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 224230296, de 10 de abril de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país de la ocurrente, debiendo reabrirse el expediente administrativo, otorgándole a ésta un plazo de 30 días hábiles, el cual debe ser notificado a la actora, con el objeto de que pague la multa y acompañe la documentación que lo acredite, debiendo el Servicio señalar en su notificación a la actora el monto de la multa, o la diferencia en su caso, que le corresponda pagar; y un plazo no menor a 180 días, para que acompañe su certificado de antecedentes penales, debidamente legalizado y apostillado, para que posteriormente la recurrida resuelva la solicitud de permanencia definitiva, conforme a derecho. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1436-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, cuatro de julio de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, se recurre de amparo en favor de doña Estamonie Fiefie, haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal que importaría la dictación de la Resolución Exenta N° 224230296, de 10 de abril de 2024, que rechaza su solicitud de residencia definitiva y dispone su abandono del país, sol

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