SIN INFORMACION

ROJAS/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL 1 SEMESTRE 2024

Rol

Fecha

4 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR.

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 1 de julio del presente año, compareció PAULINA ROBLES CAMPOS, Defensora Penal Pública. cédula nacional de identidad Nº 17.715.034-7, domiciliado para estos efectos en calle Carmen 752, Oficina 1103, Curicó, en favor de SEBASTIÁN DEL CARMEN ROJAS SANTIBÁÑEZ, CI. N° 9.021.768-2, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Molina; y señala que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de 9 de abril del año en curso, dictada por la Comisión de Libertad Condicional, mediante la cual se rechazó por unanimidad la postulación a la Libertad Condicional del amparado. Refirió que su representado actualmente cumple pena de 7 años y 1 día por el delito de homicidio simple en causa RIT 7176-2018 del Juzgado de Garantía de Talca. De acuerdo a antecedentes entregados por Gendarmería: Presenta 6 bimestres de muy buena conducta. Tiempo mínimo: 10 de mayo de 2023. Señala que reuniendo los requisitos legales, adquirió el derecho a postular al proceso de Libertad Condicional del primer semestre del año 2024.Sin embargo, por resolución dictada el 9 de abril se rechazó la concesión de la misma fundado en el siguiente argumento: “Atendido lo dispuesto en el D.L N° 321 de 1925, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que establece la Libertad Condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad; y en el Decreto 338, que aprueba el Reglamento del citado D.L. 321; y teniendo en consideración el Informe de Postulación Psicosocial remitido por Gendarmería de Chile, que da cuenta de sus posibilidades de reinserción social, antecedentes sociales y características de personalidad; cumplimiento del tiempo mínimo de su condena, conforme al o los delitos que lo mantienen privado de libertad; SE RECHAZA, por UNANIMIDAD, el beneficio de la libertad condicional al recluso SEBAST

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. En este sentido, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, esto es, a lo prevenido en el artículo 2 N° 3 del D.L. 321, conforme a los antecedentes que tuvo a la vista al momento de resolver y que se reproducen en el motivo segundo que precede, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por doña Paulina Robles Campos en favor de Sebastián del Carmen Rojas Santibáñez, en contra de la resolución dictada por la Comisión de Libertad Condicional el pasado 9 de abril. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 339-2024/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, cuatro de julio de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 1 de julio del presente año, compareció PAULINA ROBLES CAMPOS, Defensora Penal Pública. cédula nacional de identidad Nº 17.715.034-7, domiciliado para estos efectos en calle Carmen 752, Oficina 1103, Curicó, en favor de SEBASTIÁN DEL CARMEN ROJAS SANTIBÁÑEZ, CI. N° 9.021.768-2, actualmente cumpliendo conde

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