FREDDY CUEVAS GUARDA CON CLINICA PUERTO MONTT ACHS SALUD
Rol
Fecha
3 de julio de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°) Que los hechos expuestos en la presentación, adolecen de manifiesta falta de
Fundamentos
fundamentos para recurrir por esta vía excepcional y extraordinaria, no siendo entonces ésta la vía idónea para dilucidar controversias en el ámbito laboral.
Fallo
Por estas consideraciones y lo previsto en el numeral 2° del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales se declara inadmisible el interpuesto al folio 1 por don Freddy Cuevas Guarda, sin perjuicio del ejercicio de las acciones que en sede ordinaria estime asistirle. Regístrese y archívese. N°Protección-1056-2024.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, tres de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de
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