SIN INFORMACION

GÓMEZ/ARAYA

Rol

Fecha

3 de julio de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Javier Gómez González, Abogado y Presidente de la Asociación de Tenis de Mesa de Viña del Mar, deduce recurso de protección en contra de la Federación Chilena de Tenis de Mesa, en adelante FECHITEME, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en el cobro y obligación de pago de una licencia de juego 2024 por la suma de $750.000.- (setecientos cincuenta mil pesos), lo que vulneraría sus garantías constitucionales consagradas en los números 1°, 2°, 15° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, por lo que pide a esta Corte que, acogiendo el presente recurso, se declare ilegal y arbitrario el acto de la recurrida, derivado en el cobro de licencias de juego, y así, se ordene la adopción de todas las medidas necesarias para reestablecer el imperio del derecho, dentro de las que se incluyan a la recurrida la orden de remitir toda documentación y comprobantes de pago, que acrediten el uso de los recursos recaudados vía licencia de juego, con costas. Refiere, preliminarmente, que según la normativa incorporación nuevas asociaciones 2023, de fecha 6 de marzo de 2023, establece la obligación del pago de licencia de juego en su artículo II.-, Reglamento, no cumplió con la solemnidad de ser aprobado por Asamblea Extraordinaria, razón por la cual, no tiene valor vinculante alguno ninguno de sus artículos. En cuanto al monto, relata que el Directorio, pretende imponer el pago de $750.000.- (setecientos mil pesos), sin perjuicio, los Estatutos establecen que la cuota extraordinaria, no puede ser inferior a 2 UTM ni superior a 10 UTM. es decir, que el máximo que se podría cobrar por concepto de cuota es la suma de $646.660.- (seiscientos cuarenta y seis mil seiscientos sesenta pesos). Finalmente, señala que no hay rendición de cuentas claras o que justifique dichos cobros, toda vez que los proyectos son solventados y presentados ante el Instituto Nacional del Deporte, reclamando que l

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación del Recurso de Protección, SE RECHAZA, con costas el recurso interpuesto por don Javier Gómez González en contra de la Federación Chilena de Tenis de Mesa. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1418-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de julio de dos mil veinticuatro. Al escrito de folio 21: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Javier Gómez González, Abogado y Presidente de la Asociación de Tenis de Mesa de Viña del Mar, deduce recurso de protección en contra de la Federación Chilena de Tenis de Mesa, en adelante FECHITEME, por el acto que estima como arbitra

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