JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA

C/ JOSE ERNESTO CORTEZ TAPIA

Rol

Fecha

3 de julio de 2024

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Atendido lo expuesto por los señores abogados en sus alegatos, y por compartir en su integridad los argumentos que se entregaron en primera instancia para desestimar la petición de la defensa del imputado, básicamente que la libertad del mismo constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en razón de la contumacia y del peligro de reiteración, debiendo destacarse en este aspecto que no solamente ha reiterado la conducta de conducir en estado de ebriedad, sino que además lo hace sin licencia, lo cual significa que no ha tenido el control que la autoridad que otorgan las licencias ejerce cuando da ese tipo de documentos, entonces debemos entender que no es apto para la conducción, sin embargo insiste en esta conducta. Por lo tanto, no cabe más que confirmar la resolución apelada de fecha veinticuatro del pasado mes de junio, dictada por el Juzgado de Garantía de Colina, y por la cual se mantuvo el régimen cautelar de prisión preventiva respecto del imputado don José Ernesto Cortez Tapia. Comuníquese al Tribunal para su debido cumplimiento. Penal-3849-2024 Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, tres de julio de dos mil veinticuatro. Sala: Sexta Rol Corte: Penal-3849-2024 Ruc: 2200709409-8 Rit : O-3455-2022 Juzgado: JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA Integrantes: el Ministro señor Mario Rojas González, la Ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya y el Ministro (S) señor Fernando Antonio Valderrama Martinez. Relator (S): Víctor Zúñiga. Digitador (a) (S

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