PROVOSTE/ARAVENA
Rol
Fecha
3 de julio de 2024
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes, habiéndose practicado la notificación del demandado en forma legal y siendo las alegaciones del recurrente más bien propias de un asunto que debe plantearse en la contestación de la demanda y, por otro lado, visto lo dispuesto en el artículo 680 del Código de Procedimiento Civil que prevé la oportunidad en la que habrán de resolverse los incidentes que se promuevan en los juicios sumarios, el que altera las reglas generales previstas en el artículo 303 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la resolución de fecha veintitrés de junio de dos mil veintitrés, pronunciada por la Jueza del Primer Juzgado Civil de Puerto Montt, doña Francisca Paulina de los Ángeles Pavez Cepeda que rechazó el incidente de nulidad de lo obrado por falta de emplazamiento y determinó que las excepciones dilatorias sean resueltas en definitiva. No firma el Ministro don Jaime Vicente Meza Sáez, quien concurrió a la vista y acuerdo, por encontrarse en comisión de servicio. Devuélvase. Rol Civil N°756-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, tres de julio de dos mil veinticuatro. Vistos: El mérito de los antecedentes, habiéndose practicado la notificación del demandado en forma legal y siendo las alegaciones del recurrente más bien propias de un asunto que debe plantearse en la contestación de la demanda y, por otro lado, visto lo dispuesto en el artículo 680 del Código de Procedimiento Civil que prevé la oportunidad en
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