M.P C/ LUIS RODRIGO GONZALEZ GONZALEZ
Rol
Fecha
3 de julio de 2024
Materia
RECEPTACION. ART. 456 BIS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que en estos antecedentes Rol 2247-2024 se han elevado para conocer del recurso de apelación presentado por la defensa de Luis Rodrigo González González en contra de la resolución que revocó la libertad vigilada intensiva que le beneficiaba. Sostiene que en el caso de su representado no se verifica la hipótesis contemplada en la regla primera del artículo 25 de la Ley 18.216, que preceptúa que en caso de incumplimiento grave y reiterado de las condiciones impuestas para la aplicación de una pena sustitutiva y atendida las circunstancias del caso, el tribunal deberá revocarla o reemplazarla por otra de mayor intensidad. Razona el recurrente que al no haberse dado inicio al cumplimiento de la pena sustitutiva impuesta, resulta imposible aplicar la hipótesis invocada. Segundo: Que el recurrente añade que se cumplen los requisitos que establecen los artículos 15 y siguientes de la Ley 18.216, modificada por la Ley 20.063, toda vez que tiene irreprochable conducta anterior, no ha sido condenado con anterioridad por crimen o simple delito y dada la penalidad solicitada por el Ministerio Público, la aplicación de la sustitución es posible. Tercero: Que no puede dejar de valorarse la actitud del condenado, que aceptó el procedimiento abreviado y renunció, por tanto, al juicio oral; sin perjuicio de no registrar condenas anteriores. A su vez, el sentenciado se presentó en el Centro de Reinserción Social a fin de que el delegado que se le asignara, confeccionara el plan de intervención individual ordenado en la sentencia, registrando fecha de término de su condena para el día 26 de diciembre de 2025. En consecuencia, cuenta con un plan de intervención ya aprobado por el tribunal al que se ha comenzado a dar cumplimiento, por lo que por esta única, vez los incumplimientos que registra no serán calificados de una gravedad tal que obliguen a revocar la pena sustitutiva. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 352, 360 y 414 del C
Fallo
por tanto, al juicio oral; sin perjuicio de no registrar condenas anteriores. A su vez, el sentenciado se presentó en el Centro de Reinserción Social a fin de que el delegado que se le asignara, confeccionara el plan de intervención individual ordenado en la sentencia, registrando fecha de término de su condena para el día 26 de diciembre de 2025. En consecuencia, cuenta con un plan de intervención ya aprobado por el tribunal al que se ha comenzado a dar cumplimiento, por lo que por esta única, vez los incumplimientos que registra no serán calificados de una gravedad tal que obliguen a revocar la pena sustitutiva. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 352, 360 y 414 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de cuatro de junio de dos mil veinticuatro, dictada en los autos RIT1695-2022 del 15° Juzgado de Garantía de Santiago que dejó sin efecto la pena sustitutiva, y se declara que se mantiene la libertad vigilada intensiva que beneficiaba a Luis Rodrigo González González, debiendo el tribunal a quo adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo resuelto. Acordada con el voto en contra del abogado integrante señor Juan Carlos Silva Aldunate quien estuvo por confirmar la resolución en alzada en virtud de sus propios fundamentos. Devuélvase vía interconexión N° 2247-2024-Penal
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San Miguel, tres de julio de dos mil veinticuatro. Sala: Quinta Rol Corte: 2247-2024-Penal Ruc: 2101150437-7 Rit: 1695-2022 15° JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Ministro de fe: Felipe Espinoza Nilo Ministerio Público: Darío Patricio Sanhueza De la Cruz Defensor: César Contreras González Imputado: LUIS RODRIGO GONZALEZ GONZALEZ Tipo de Recurso: Apelación Escritos proveídos en audiencia: folios 4 y
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